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Ayudas para la instalación de detectores de presencia 2014

Martes, 05 Agosto 2014

     El día 31 de julio de 2014 se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden de 14/07/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se establecen las bases reguladoras del Plan de Instalación de Detectores de Presencia en Castilla-La Mancha, destinadas a la sustitución de pulsadores convencionales de iluminación por detectores de presencia de mayor eficiencia energética, y se convocan las mismas.

     El presupuesto total asignado para esta convocatoria es de 190.000 euros y la cuantía de las ayudas será de hasta 65 euros por detector de presencia instalado (IVA excluido), con el límite de 10.000 euros por beneficiario. En cualquier caso la cuantía de la ayuda no podrá exceder del 50 % del coste de adquisición de los detectores de presencia (IVA excluido).

     La presente convocatoria extenderá sus efectos desde el 1 de noviembre de 2013 hasta el día 15 de octubre de 2014 o hasta el agotamiento del crédito.

 

     Podrán acogerse a estas ayudas las comunidades de propietarios legalmente constituidas, y las empresas, de naturaleza privada que lleven a cabo actividades empresariales o profesionales, ubicadas y con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, que sustituyan los pulsadores convencionales de iluminación por detectores de presencia a través de las empresas instaladoras que participen mediante su adhesión al Plan.

     Las empresas de venta e instalación de los detectores de presencia que pretendan adherirse al indicado plan de ayudas, y que cuente con implantación en Castilla-La Mancha, deben presentar sus solicitudes de adhesión entre el 12 de agosto y el 30 de agosto de 2014.

     Se consideran actuaciones subvencionables las sustituciones de pulsadores convencionales de iluminación de zonas comunes (a excepción de la zona de garaje) por detectores de presencia que se encuentren debidamente homologados, en los edificios de comunidades de propietarios sitos en Castilla-La Mancha, así como en las empresas de naturaleza privada que lleven a cabo actividades empresariales o profesionales, con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Los requisitos y condiciones que deben cumplir estas actuaciones son:

a) Los detectores de presencia deberán cumplir con las siguientes características técnicas:

1) Deben tener ajustes de temporización y sensibilidad lumínica.

2) Deben permitir la conexión a todo tipo de lámparas (fluorescentes, incandescente y bajo consumo).

3) La tecnología a utilizar en los detectores no podrá ser inalámbrica, sino de detección mediante infrarrojos.

4) Deberán aguantar directamente la carga sin necesidad de instalar contactores.

b) Los detectores de presencia a instalar deberán ser los establecidos previamente por la Consejería de Fomento, como detectores homologados pudiendo consultarse dicha información, en la página web de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha www.castillalamancha.es, sección <Actuaciones> de la Consejería de Fomento o, en su caso, en la dirección Web http://planrenove.castillalamancha.es/PlanRenove/.

c) Los detectores de presencia que se instalen deberán ser nuevos y han de tener como destino final su instalación en edificios de comunidades de propietarios o empresas de naturaleza privada que lleven a cabo actividades empresariales o profesionales, ubicados ambos en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

d) En ningún caso podrán acogerse al Plan la compra sin instalación, lo que se acreditará tanto en el modelo de solicitud de ayuda, como mediante el documento de factura emitido por la empresa instaladora adherida al Plan de instalación de detectores de presencia. La instalación se deberá realizar por la misma empresa adherida que efectúe la venta de los detectores de presencia.

e) Las comunidades de propietarios que pretendan acogerse a la presente Orden de ayudas, deberán estar legalmente constituidas.

f) La sustitución de los pulsadores convencionales de iluminación, por los detectores de presencia deberá realizarse dentro del periodo de vigencia de la presente Orden.

g) Solo serán subvencionables las actuaciones de inversión que impliquen la instalación de, no menos, de 10 detectores de presencia.

h) Con carácter general, la instalación de los detectores de presencia conllevará una reducción de, al menos, el veinte por ciento del consumo de energía del edificio o instalaciones de la empresa.

i) Solo podrá otorgarse una ayuda por beneficiario.

     El plazo para que los interesados puedan presentar las solicitudes a las empresas instaladoras adheridas al programa finalizará el 15 de octubre de 2014, salvo agotamiento previo del crédito disponible; debiéndose aportar la siguiente documentación:

a) Solicitud de subvención, según el modelo normalizado, debidamente firmada por el presidente de la comunidad de propietarios o el representante legal de la empresa, y por quien ostente la representación de la empresa instaladora adherida, debiendo acompañar a la misma

b) Copia del NIF de la Comunidad de propietarios o empresa solicitante y copia del DNI del representante, así como documentación por la que se confiera la representación.

c) Acreditación de la representación del firmante, cuando se formule la solicitud por persona distinta del posible beneficiario, mediante copia de escritura pública de otorgamiento de poderes, declaración en comparecencia personal del interesado o por cualquier medio válido en Derecho que deje constancia fidedigna.

d) Certificado de la Agencia Tributaria, del año en curso de la convocatoria, acreditativo del domicilio fiscal en Castilla-La Mancha.

e) Copia de la factura de adquisición de los detectores de presencia, en la que deberá reflejarse como mínimo:

1º Datos de los detectores nuevos adquiridos e instalados (precio, tipo, marca y modelo).

2º Fecha de la venta e instalación de los detectores de presencia (si difieren ambas fechas se deberá indicar expresamente cada una).

3º NIF de la empresa instaladora adherida y domicilio, DNI del gerente de la misma.

4º Datos de la dirección del domicilio del beneficiario y datos de su representante (nombre y apellidos, DNI).

5º Referencia expresa a su acogimiento al plan de detectores de presencia en Castilla-La Mancha en vigor (indicando año de la convocatoria a la que se acoge).

No se admitirán facturas emitidas por empresas, entidades, sociedades o similares, en las que exista participación, directa o indirecta del beneficiario o beneficiarios. La fecha de la factura deberá estar dentro del periodo subvencionable establecido en la correspondiente convocatoria.

f) Justificante del pago de la factura realizado por el solicitante de la ayuda. Si el pago es en metálico e inferior a 2.500 euros, se presentará recibí firmado y sellado por la empresa instaladora (indicando nombre y NIF del firmante) en el que debe especificarse el número de factura y la fecha de pago. Si la forma de pago es por transferencia, se aportará copia del resguardo del cargo de la misma, debiendo figurar en el concepto de la transferencia, el número de factura y concepto abonado, y destinatario de la misma. El pago se debe realizar por el solicitante de la ayuda, para el caso de que el medio de pago sea la transferencia bancaria, se deberá acreditar por aquel que ostenta la titularidad, cotitularidad, o autorizado de la cuenta bancaria desde la que se realiza el pago. Si la forma de pago es el ingreso en cuenta directamente, se deberá realizar igualmente por el solicitante de la ayuda, debiendo presentar copia del resguardo del ingreso en el que figure el nombre del solicitante que realiza el ingreso, el número de factura y concepto abonado, y destinatario del ingreso.

g) Certificación del Secretario de la comunidad de propietarios, acreditativa de la condición de Presidente de la Comunidad por parte del firmante de la solicitud, así como acuerdo adoptado por la Junta de Propietarios aprobando las inversiones requeridas y la solicitud de la subvención.

h) Tabla indicativa de la instalación de los detectores de presencia (Anexo I-A).

El texto completo de la Orden con las bases que regulan estas ayudas lo puedes descargar en el enlace que se encuentra junto a esta noticia.

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