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SUBVENCION CONTRATACION TEMPORAL. CONVOCATORIA 2015

Lunes, 13 Abril 2015

La Consejeria de Empleo y Economía ha efectuado la convocatoria para el ejercicio 2015 de las ayudas recogidas en la Orden de 16/03/2015, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se modifica la Orden de 28/02/2014, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a crear oportunidades de inserción en el mercado laboral mediante la contratación de duración determinada de trabajadores desempleados en Castilla-La Mancha, y se aprueba la convocatoria para su concesión con cargo al ejercicio presupuestarios 2015.

 

El Programa subvenciona los contratos de duración determinada, regulados en el artículos 15.1 del Texto Refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, aprobado el por RD Legislativo 1/1995, de 24 de marzo, celebrados a tiempo completo o a tiempo parcial, con las siguientes condiciones:

  1. Que su duración inicial sea de, al menos, 4 meses.
  2. Que se formalicen con personas inscritas como desempleadas al menos un día.
  3. Que la jornada de trabajo no sea inferior a 25 horas semanales de la jornada ordinaria de la empresa
  4. Que, tratándose de contratos por obra o servicio, conste en los mismos la fecha del fin del contrato.
  5. Que, tratándose de contratos por sustitución de trabajadores con derecho a reserva de puesto de trabajo, conste en los mismos la fecha de fin del contrato.

La cuantía de la subvención de es de 3.000 € por contrato subvencionable a tiempo completo, cuando la contratación se realice a tiempo parcial, la cuantía será de forma proporcional a la jornada laboral completa de la empresa.

Esta cuantía se incrementara en 300 euros, si el trabajador pertenece a algunos de los siguientes colectivos.

  • Desempleados de larga duración, más de 12 meses de inscripción como desempleadas ininterrumpidamente
  • Mujeres que tengan acreditada la condición de víctimas de violencia de genero
  • Jóvenes menores de 30 años.

Pueden ser beneficiarios de estas subvenciones los autónomos, las pequeñas y medianas empresas, sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las uniones temporales de empresas, las entidades sin ánimo de lucro, comunidades de bienes y las sociedades civiles.

La subvención regulada en la presente orden se aplicara a las actuaciones que se realicen del 8 al 24 de abril de 2015 y se podrán presentar hasta el 29 de abril de 2015.

Si necesitas cualquier aclaración, no tengas inconveniente en contactar con el Área Laboral de FEDA, en el teléfono 967-19-32-58 o en los correos electrónicos virgilionavarro@feda.es, luisvalcarcel@feda.es, silviahernandez@feda.es

Diario Oficial de Castilla-La Mancha (Orden de 16/03/2015 de la Consejería de Empleo y Economía) 
 

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