+34 967 217 300  feda@feda.es

FEDA informa a las empresas del sector de panadería y repostería de la nueva norma para la elaboración y comercialización del pan y un IVA reducido al 4%

Martes, 30 Abril 2019

Se trata de una ampliación de la definición de ‘pan común’

El pasado viernes el Gobierno dio luz verde a la aplicación del IVA reducido al 4% para panes integrales y los elaborados con salvado y cereales distintos al trigo. Se trata de una ampliación de la definición de ‘pan común’ que permitirá la rebaja del 10% actual. Además se limitan ciertos aspectos en la calidad del pan.

Límite de sal

Entre lo más destacado de la nueva normativa aprobada por el Consejo de Ministros, a partir de ahora se considerará pan común a los elaborados con harinas diferentes a la de trigo o con bajo contenido en sal. Asimismo, el contenido de esta última queda limitado y a partir de 2020 se establecerá un límite máximo obligatorio.

Asimismo, se endurecen los requisitos sobre el pan integral, cuya harina tendrá que ser 100% integral, mientras que los que no sean completos, deberán marcar el porcentaje en el etiquetado.

Cambios de etiquetado

En lo que respecta al pan multicereal de tres o más harinas, deberá contener una proporción mínima del 10%. Al mismo tiempo, para que uno de estos productos se puede clasificar como de elaboración artesana, “debe primar” el factor humano frente al mecánico, lo que se traducirá a evitar la publicidad engañosa en panes que no cumplían con este criterio.

Lo mismo ocurre con el pan de leña o de horno de leña, que deberá ser cocido íntegramente en uno de estos para que pueda ser etiquetado como tal.

Valora este artículo
(3 votos)
Etiquetado como
Descargar archivos adjuntos:

Únete a nosotros! Escríbenos, llámanos al 967 217 300 o visítanos.