Asociación profesional constituida e integrada en FEDA en junio de 1977, tiene como fin el desarrollo y la defensa de los intereses derivados del ejercicio de la actividad de transporte discrecional.
Dentro de la Asociación se prestan servicios relacionados con la actividad del sector:
- Envío de todo tipo de circulares ya sean técnicas e informativas.
- Representación en las Juntas Directivas.
- Órgano intermedio ante la Administracilón.
- Visados de tarjetas de Transporte, Tacografo Digital.
- Permisos bilaterales.
- Certificados paralización de vehículos.
- Certificados de actividades (leave letter).
- Solicitud de las bonificaciones del gasóleo profesional.
- Solicitud de las ayudas por abandono de actividad.
- Desarrollo e información de los concursos de transporte escolar así como la presentación al concurso de dichas rutas.
- Venta de libros de ruta y reclamaciones.
NORMATIVA:
• Estatutos de la Asociación.
• Ley 19/1977, de 1 abril del Derecho de Asociación Sindical.
• Constitución Española.
CONVENIOS INSTITUCIONALES: No aplica.
SUBVENCIONES: No aplica.
PRESUPUESTO: No aplica.
RETRIBUCIONES DE LOS CARGOS: Ninguno de los cargos mencionados de Junta Directiva recibe retribución alguna por el desempeño de estas funciones, según indican los Estatutos de la Asociación.
Condición de asociado: ART. 7.-Pueden ser miembros de esta Asociación todos los empresarios, que estando asociados a título individual a la Confederación de Empresarios de Albacete (FEDA), ejerzan actividades económicas y/o profesionales relacionadas con el transporte de servicio discrecional de viajeros en general y se encuentren radicadas dentro de la provincia de Albacete..
Dentro de la Asociación se prestan servicios relacionados con la actividad del sector:
- Envío de todo tipo de circulares ya sean técnicas e informativas.
- Representación en las Juntas Directivas.
- Órgano intermedio ante la Administracilón.
- Visados de tarjetas de Transporte, Tacografo Digital.
- Permisos bilaterales.
- Certificados paralización de vehículos.
- Certificados de actividades (leave letter).
- Solicitud de las bonificaciones del gasóleo profesional.
- Solicitud de las ayudas por abandono de actividad.
- Desarrollo e información de los concursos de transporte escolar así como la presentación al concurso de dichas rutas.
- Venta de libros de ruta y reclamaciones.
NORMATIVA:
• Estatutos de la Asociación.
• Ley 19/1977, de 1 abril del Derecho de Asociación Sindical.
• Constitución Española.
CONVENIOS INSTITUCIONALES: No aplica.
SUBVENCIONES: No aplica.
PRESUPUESTO: No aplica.
RETRIBUCIONES DE LOS CARGOS: Ninguno de los cargos mencionados de Junta Directiva recibe retribución alguna por el desempeño de estas funciones, según indican los Estatutos de la Asociación.
Condición de asociado: ART. 7.-Pueden ser miembros de esta Asociación todos los empresarios, que estando asociados a título individual a la Confederación de Empresarios de Albacete (FEDA), ejerzan actividades económicas y/o profesionales relacionadas con el transporte de servicio discrecional de viajeros en general y se encuentren radicadas dentro de la provincia de Albacete..
