NORMATIVA:
• Estatutos de la Asociación.
• Ley 19/1977, de 1 abril del Derecho de Asociación Sindical.
• Constitución Española.
CONVENIOS INSTITUCIONALES: No aplica.
SUBVENCIONES: No aplica.
PRESUPUESTO: No aplica.
RETRIBUCIONES DE LOS CARGOS: Ninguno de los cargos mencionados de Junta Directiva recibe retribución alguna por el desempeño de estas funciones, según indican los Estatutos de la Asociación.
Condición de asociado. ARTÍCULO 7º.- Pueden ser miembros de esta Asociación todos los empresarios, que estando asociados a título individual a la Confederación de Empresarios de Albacete (FEDA), ejerzan actividades económicas y/o profesionales relacionadas con la industria en general y ejecuten su actividad dentro de la localidad de Hellín.