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Medidas de liquidez adoptadas por el Gobierno de España para hacer frente al impacto del COVID-19

Miércoles, 18 Marzo 2020

Medidas económicas adoptadas por el Gobierno de España para hacer frente al impacto del COVID-19. De esta manera se pretenden amortiguar las consecuencias de la crisis del coronavirus

  1. AVALES

Se otorgarán avales a la financiación concedida por:

  • Entidades de crédito
  • Establecimientos financieros de crédito
  • Entidades de dinero electrónico
  • Entidades de pagos a empresas y autónomos

Objetivo: atender sus necesidades derivadas, entre otras, de la gestión de facturas, necesidad de circulante, vencimientos de obligaciones financieras o tributarias u otras necesidades de liquidez.

Fuente de información: Boletín Oficial del Estado. Artículo 29.

  1. FINANCIACIÓN PARA AUTONOMOS Y EMPRESAS

a) Financiación a través de líneas ICO

Línea: Ampliación del límite de endeudamiento neto del ICO hasta 10.000 millones de euros.

Beneficiarios: autónomos y empresas del sector turístico y actividades conexas

Características del préstamo:

    • Importe máximo por cliente y año: 500.000 € en una o varias operaciones
    • Tipo de interés: Fijo, TAE máxima de 1,5% (incluidas las comisiones).
    • Plazo de amortización: 1, 2, 3, o 4 años con 1 año de carencia del principal.
  • COMISIONES: Podrá aplicarse una comisión de amortización anticipada voluntaria del 1% sobre el importe cancelado.
  • Si las operaciones se encuentran dentro del ámbito de la Ley 41/2007, de regulación del mercado hipotecario, la comisión a aplicar será la siguiente:

*Un 0,50% sobre el importe cancelado anticipadamente, si la amortización se produce durante los 5 primeros años.

*Un 0,25% sobre el importe cancelado anticipadamente, si la amortización se produce a partir del quinto año.

  • En caso de amortización anticipada obligatoria, la comisión será del 2% sobre el importe indebidamente formalizado.

Fuentes de información: Boletín Oficial del Estado. Artículo 30.  / Instituto de Crédito Oficial

b) Línea extraordinaria de cobertura aseguradora para empresas exportadoras

Plazo de solicitud: 18/03/2020 hasta 18/09/2020

Fondos disponibles: 2.000 millones de euros

Costes elegibles: los créditos de circulante necesarios para la compañía exportadora, sin que sea necesario su relación directa con uno o varios contratos internacionales, siempre que respondan a nuevas necesidades de financiación y no a situaciones previas a la crisis actual.

Beneficiarios: PYMEs y empresas de mayor tamaño internacionalizadas y/o exportadoras regulares.

Que la empresa se enfrente a un problema de liquidez o de falta de acceso a la financiación resultado del impacto de la crisis del COVID-19 en su actividad económica.

Fuente de información: Boletín Oficial del Estado. Artículo 31.

  1. PLAN ACELERA (Ayudas a la Digitalización). Todavía no disponibles. A la espera de información por parte del Ministerio.

Puesta en marcha del Programa Acelera PYME con el objeto de articular un conjunto de iniciativas en colaboración con el sector privado de apoyo a las PYME en el corto y medio plazo.

Medidas:

  • Medidas de apoyo para acelerar el proceso de digitalización de las pymes desde el asesoramiento y la formación:
    • Línea: Programa Acelera PYME-Talento
    • Objetivo: reforzar la formación de las pymes en soluciones y herramientas para la digitalización en colaboración con las Cámaras de Comercio y otros agentes públicos y privados.
  • Medidas de apoyo a creación de soluciones tecnológicas para la digitalización de las pymes
  • Líneas: Línea de ayudas que impulse el liderazgo empresarial en I+D+i de las empresas digitales españolas.
  • Objetivo: apoyar la generación de soluciones, conocimientos, tecnologías e innovaciones destinadas a la mejora de procesos de digitalización y la creación de productos y servicios tecnológicamente avanzados y de mayor valor añadido que reviertan en el conjunto de las pymes.
  • Medidas de apoyo financiero para la digitalización de las pymes: Financiación del Instituto de Crédito Oficial ICO para las PYMES la compra y leasing de equipamiento y servicios para la digitalización de la PYME y las soluciones de teletrabajo.

Fuente de información: Boletín Oficial del Estado. Anexo página 46.

REAL DECRETO LEY 8/2020 DESCARGABLE

 

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