fbpx

 +34 967 217 300  feda@feda.es

Medio Ambiente y Calidad (46)

La Subdirección General de Residuos del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha publicado la versión 1, de 27 de julio de 2026, de su nota interpretativa sobre la definición de productor y la obligación de inscripción en la sección de envases del Registro de Productores de Producto (RPP).

Su finalidad es trasladar la definición del Reglamento a supuestos habituales y aclarar quien debe inscribirse, reportar los envases y cumplir la responsabilidad ampliada del productor (RAP).

Esta nota traslada el contenido del Reglamento a situaciones concretas que pueden darse en la actividad diaria de los distintos operadores. A través de criterios interpretativos, árboles de decisión y numerosos ejemplos prácticos, ayuda a determinar quién tiene la condición de productor en los distintos escenarios y que obligaciones le corresponden.

Objeto y alcance

A partir del 12 de agosto de 2026, la condición de productor de envases debe determinarse conforme al Reglamento (UE) 2025/40. La identificación ya no puede basarse únicamente en quien envasa o importa: depende del tipo de envase, del Estado miembro de primera comercialización, del destinatario, de la marca, de la posible condición de microempresa y, en determinados casos, de quien desembala.

El Reglamento entró en vigor el 11 de febrero de 2025 y será aplicable, con carácter general, desde el 12 de agosto de 2026, sin perjuicio de las disposiciones de aplicación se difiere. Desde esa fecha, cuando el Real Decreto 1055/2022 se refiera a “productor de producto”, debe entenderse referido al productor definido en el artículo 3.1.15 del Reglamento Europeo.

El Reglamento UE 2025/40, es la nueva norma europea sobre envases y residuos de envases. Su objetivo es armonizar las reglas en toda la Unión Europea y establecer requisitos comunes para todo el ciclo de vida de los envases.

El Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITERD), a través de la Subdirección General de Residuos, ha publicado con fecha 19 de mayo de 2026 una nota aclaratoria sobre la aplicación del Reglamento (UE) 2025/40 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 19 de diciembre de 2024, sobre los envases y residuos de envases, y sus efectos sobre el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.

Con esta nota se pretende facilitar la comprensión del régimen jurídico aplicable a partir de la aplicación del nuevo Reglamento europeo y revolver las dudas que pudieran plantearse por la coexistencia temporal de la normativa europea y la normativa nacional vigente.

La nota del MITERD identifica como normativa española de aplicación el Real Decreto 1055/2022, de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases, y como normativa europea el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y el Reglamento (UE) 2025/40, publicado en el Diario Oficial de la Unión Europea el 22 de enero 2025, que entró en vigor el 11 de febrero de 2025, si bien su aplicación general se producirá a partir del 12 de agosto de 2026, según el artículo 71.

Aprobado el I Plan de acción para la gestión sostenible de las materias primas minerales 2026-2030

El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado el I Plan de acción para la gestión sostenible de las materias primas minerales 2026-2030, ligado a una inversión pública de 414 millones de euros y basada en cuatro ejes estratégicos: autonomía, fomento de la industria, circularidad y gestión sostenible.

El Plan incluye 34 medidas, de las cuales ocho son prioritarias, entre las que se encuentra el Programa Nacional de Exploración Minera (PNEM). Tiene un enfoque integral, de 360 grados para la gestión de materias primas y está centrado en la identificación de necesidades; reciclaje y circularidad; trazabilidad de materias primas; conocimiento del recurso existente y recuperación; y restauración ecológica de espacios.

La transición energética demanda de un mayor uso de determinadas materias primas, aunque con una menor actividad extractiva que una economía basada en fósiles, tanto en superficie afectada como en volumen extraído. La UE ha identificado 34 materias primas básicas para las energías renovables, la movilidad eléctrica, la industria manufacturera avanzada, las tecnologías digitales y los sectores aeroespacial y defensa, entre otros.

Publicación de la Orden TED/202/2026, de 27 de febrero, por la que se declaran determinadas sustancias y objetos como subproductos con arreglo a la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.

El objeto de esta orden es declarar determinadas sustancias  y objetos como subproductos, con alcance general en todo el territorio español.

En aplicación de los principios de necesidad y eficacia, la orden se fundamenta en la protección de la salud humana y del medio ambiente, determinando en que situaciones las sustancias u objetos que regula se consideran subproductos y en que situaciones no tienen tal consideración y, por tanto, han de cumplir con la normativa en materia de residuos. La declaración de determinadas sustancias u objetos como subproductos asegura igualmente la protección de la salud humana y del medio ambiente, ya que se fijan criterios bajo los cuales se pueden utilizar de manera segura y se establecen obligaciones de trazabilidad durante su uso.

Las siguientes sustancias y objetos se declaran como subproductos, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en esta orden, que es aplicable en todo el territorio nacional:

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado con fecha 2 de abril la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, con esta ley se pretende fomentar el uso eficiente de los alimentos y reducir el despilfarro en todos los eslabones de la cadena.

La normativa pone el foco en la prevención, la sensibilización, la formación y la generación de conocimiento de todos los actores de la cadena, ya que evitar el despilfarro es una tarea que apela al conjunto de la sociedad.

La Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) estima que en el mundo se desperdicia el 30% de los alimentos. Reducir a la mitad estas pérdidas es uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU. En el caso de España, sólo en los hogares se tiraron a la basura sin consumir 1.183 millones de kilos de alimentos en 2023.

Ámbito de aplicación. Actividades que realizan en territorio español los agentes de la cadena alimentaria ya sean de la producción, transformación, distribución de alimentos, así como hostelería, restauración y otras entidades y asociaciones de distribución de alimentos donados.

Objeto y fines de la ley.

La presente ley tiene por objeto la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio de alimentos por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria, estableciendo una jerarquía de prioridades y dando respuesta al objetivo sobre el sistema alimentario de producción y consumo responsables de la Agenda 2030.

Para las organizaciones, adoptar estrategias de economía circular para realizar la transición hacia prácticas más respetuosas con el medio ambiente y sostenibles se ha convertido en una necesidad inminente, no solo para alinearse con la agenda global de desarrollo sostenible, sino también como fuente de ventaja competitiva y rentabilidad a largo plazo.  ¡Por eso, Up2Circ te invita a la próxima sesión interactiva! 

Únete a nosotros! Escríbenos, llámanos al 967 217 300 o visítanos.