Medio Ambiente y Calidad (44)
I Plan de acción para la gestión sostenible de las materias primas minerales 2026-2030
Aprobado el I Plan de acción para la gestión sostenible de las materias primas minerales 2026-2030
El Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO), ha aprobado el I Plan de acción para la gestión sostenible de las materias primas minerales 2026-2030, ligado a una inversión pública de 414 millones de euros y basada en cuatro ejes estratégicos: autonomía, fomento de la industria, circularidad y gestión sostenible.
El Plan incluye 34 medidas, de las cuales ocho son prioritarias, entre las que se encuentra el Programa Nacional de Exploración Minera (PNEM). Tiene un enfoque integral, de 360 grados para la gestión de materias primas y está centrado en la identificación de necesidades; reciclaje y circularidad; trazabilidad de materias primas; conocimiento del recurso existente y recuperación; y restauración ecológica de espacios.
La transición energética demanda de un mayor uso de determinadas materias primas, aunque con una menor actividad extractiva que una economía basada en fósiles, tanto en superficie afectada como en volumen extraído. La UE ha identificado 34 materias primas básicas para las energías renovables, la movilidad eléctrica, la industria manufacturera avanzada, las tecnologías digitales y los sectores aeroespacial y defensa, entre otros.
Publicación de la Orden TED/202/2026, de 27 de febrero, por la que se declaran determinadas sustancias y objetos como subproductos con arreglo a la Ley 7/2022.
Publicación de la Orden TED/202/2026, de 27 de febrero, por la que se declaran determinadas sustancias y objetos como subproductos con arreglo a la Ley 7/2022, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.
El objeto de esta orden es declarar determinadas sustancias y objetos como subproductos, con alcance general en todo el territorio español.
En aplicación de los principios de necesidad y eficacia, la orden se fundamenta en la protección de la salud humana y del medio ambiente, determinando en que situaciones las sustancias u objetos que regula se consideran subproductos y en que situaciones no tienen tal consideración y, por tanto, han de cumplir con la normativa en materia de residuos. La declaración de determinadas sustancias u objetos como subproductos asegura igualmente la protección de la salud humana y del medio ambiente, ya que se fijan criterios bajo los cuales se pueden utilizar de manera segura y se establecen obligaciones de trazabilidad durante su uso.
Las siguientes sustancias y objetos se declaran como subproductos, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en esta orden, que es aplicable en todo el territorio nacional:
El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado con fecha 2 de abril la Ley de prevención de las pérdidas y el desperdicio alimentario, con esta ley se pretende fomentar el uso eficiente de los alimentos y reducir el despilfarro en todos los eslabones de la cadena.
La normativa pone el foco en la prevención, la sensibilización, la formación y la generación de conocimiento de todos los actores de la cadena, ya que evitar el despilfarro es una tarea que apela al conjunto de la sociedad.
La Organización de Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura (FAO) estima que en el mundo se desperdicia el 30% de los alimentos. Reducir a la mitad estas pérdidas es uno de los Objetivos de Desarrollo Sostenible de la ONU. En el caso de España, sólo en los hogares se tiraron a la basura sin consumir 1.183 millones de kilos de alimentos en 2023.
Ámbito de aplicación. Actividades que realizan en territorio español los agentes de la cadena alimentaria ya sean de la producción, transformación, distribución de alimentos, así como hostelería, restauración y otras entidades y asociaciones de distribución de alimentos donados.
Objeto y fines de la ley.
La presente ley tiene por objeto la prevención y reducción de las pérdidas y el desperdicio de alimentos por parte de todos los agentes de la cadena alimentaria, estableciendo una jerarquía de prioridades y dando respuesta al objetivo sobre el sistema alimentario de producción y consumo responsables de la Agenda 2030.
Webinar Cadenas Suministro Circulares: Pasaporte de producto digital y estrategia de diseño circular. 24 Oct. 10h
Para las organizaciones, adoptar estrategias de economía circular para realizar la transición hacia prácticas más respetuosas con el medio ambiente y sostenibles se ha convertido en una necesidad inminente, no solo para alinearse con la agenda global de desarrollo sostenible, sino también como fuente de ventaja competitiva y rentabilidad a largo plazo. ¡Por eso, Up2Circ te invita a la próxima sesión interactiva!
Decreto 35/2024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Plan de Prevención y Gestión de Residuos de Castilla – La Mancha 2030
Se ha publicado el Decreto 35/200024, de 2 de julio, por el que se aprueba el Plan de Prevención y Gestión de Residuos (PPGR) de Castilla-La Mancha 2030.
En este contexto normativo, acorde con los cambios sociales y económicos que están teniendo lugar, convenimos que el paradigma de la economía circular ha venido para quedarse, siendo el único modelo económico y social posible que permite estimular el crecimiento económico y generar empleo sin comprometer al medio ambiente.
Con la elaboración de este Plan de Prevención y Gestión de Residuos de Castilla – La Mancha 2030 se pretende adaptar la planificación regional en materia de residuos a las exigencias normativas actuales, tanto en materia de prevención de la generación de residuos, como en materia de gestión de residuos, intentando a su vez dar respuesta a las cada vez más demandadas soluciones ambientales.
Se ha publicado en el BOE de 28 de diciembre de 2022, el R. D. 1055/2022 de 27 de diciembre, de envases y residuos de envases.
Este real decreto tiene por objeto establecer el régimen jurídico aplicable a los envases y residuos de envases con el objetivo de prevenir y reducir su impacto en el medio ambiente a lo largo de todo su ciclo de vida.
A tal fin, se establecen medidas destinadas, como primera prioridad, a la prevención de la producción de residuos de envases y a la reutilización de envases, al reciclado y otras formas de valorización de residuos de envases y, por tanto, a la reducción de la eliminación final de dichos residuos.
Quedan dentro del ámbito de aplicación de este real decreto todos los envases puestos en el mercado y residuos de envases generados en el territorio del Estado, independientemente de que se usen o produzcan en la industria, comercio, oficinas, establecimientos comerciales, servicios, hogares o en cualquier otro sitio.
