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Laboral (84)

La finalidad de estas subvenciones es el fomento y la consolidación del empleo autónomo en el marco de la ESTRATEGIA DE IMPULSO AL TRABAJO AUTÓNOMO EN CASTILLA-LA MANCHA 2022-2025. Con estas ayudas, se pretende apoyar al autoempleo y el emprendimiento en la Región, favoreciendo la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de las personas trabajadoras autónomas, el relevo generacional, la inserción laboral de las personas familiares colaboradoras, así como el crecimiento de los negocios mediante la contratación indefinida de personas.

* Línea 1: Ayudas para favorecer la conciliación de la vida laboral, familiar y personal de la persona trabajador autónoma, mediante la realización de un contrato de sustitución, de hasta un máximo de 1.200€/mes, con el fin de ayudar a los gastos del costo salarial y de seguridad social, derivados de la contratación efectuada.

* Línea 2: Ayudas para el fomento del relevo generacional, para facilitar la continuidad de los negocios más allá de la vida laboral de la persona promotora, mediante la transmisión de la actividad empresarial, de un máximo de 6.000€.

* Línea 3: Ayudas al familiar colaborador de la persona trabajadora autónoma, apoyando el mantenimiento de la actividad emprendedora, fomentando la inserción laboral de familiares de la persona trabajadora autónoma principal, mediante la prestación de servicios en el negocio familiar, como de máximo 3.000 €.

* Línea 4: Ayudas para la primera contratación indefinida de personas por cuenta ajena, siendo subvencionable el primer contrato por tiempo indefinido, a jornada completa o parcial, o por tiempo indefinido fjio-discontinuo, realizado por la persona solicitante en los términos previstos en este Decreto, hasta un máximo de 9.000€.

Ha sido publicada recientemente la norma ISO 53800 por parte de la UNE (Asociación Española de Normalización) dando un paso más en la promoción de la igualdad de géneroUna norma pionera que ayudará tanto a organizaciones que aborden la igualdad de género por primera vez, como a las más maduras en este ámbito.

La Organización Internacional de Normalización (ISO) ha sido la encargada de la elaboración de esta norma y ha contado con el empuje de más de 100 personas expertas, de 60 países, entre ellos España, y con la colaboración de seis organizaciones. Entre estas expertas ha estado presente la CEOE y nuestra partner CONCILIA2. La UNE ha traducido y publicado en castellano esta norma que ya está en marcha y que tiene una vigencia de cinco años renovable.

¿A quién se dirige esta norma?

Esta ISO va dirigida a organizaciones de todo tipo: públicas, privadas, independientemente de su tamaño o sector o nivel que tengan de integración en igualdad y género. Esta norma tiene como objetivo ayudar a todas estas organizaciones a proporcionar una orientación práctica de cómo avanzar para evitar las desigualdades y apostar por la equidad, teniendo en cuenta sus grupos de interés y su negocio o actividad principal. Por eso, este estándar incluye directrices, herramientas, buenas prácticas y otros recursos que ayudarán a las organizaciones a evaluar su situación actual e identificar barreras y oportunidades.

Áreas para implementar la ISO

Uno de los puntos fuertes de la norma es que tiene un planteamiento integrador para que ninguna organización quede excluida y se avance de manera global en la misma dirección, aunque sea a ritmos distintos. Se apuesta porque la Norma ISO 53800 sea un impulso multiplicador entre unas organizaciones y otras, generando redes de colaboración. También será un impulso para los reconocimientos y certificados.

El Excmo. Ayuntamiento de Albacete anuncia Convocatoria Pública para Empresas interesadas en la realización de prácticas profesionales no laborales de jóvenes con titulación.

BECAS OFERTADAS:

  • Número: 40 becas ampliables
  • Jornada: 35 horas semanales. Esta jornada podrá verse reducida y/o adaptada en caso de jóvenes con discapacidad que así lo soliciten, previo estudio en base a la documentación aportada y la aceptación de la empresa, y siempre que sea superior a 17,5 horas semanales (el 50% de la jornada establecida en las bases).
  • Horario: ajustado al centro de trabajo
  • Duración: 3 meses consecutivos
  • Cuantía beca: 80% del IPREM será proporcional en caso de adaptación/reducción de las horas de jornada de prácticas realizadas.

Se publican los créditos disponibles para 2024 de las subvenciones para favorecer el acceso al empleo de calidad de las personas jóvenes y fomentar la cualificación profesional. 

La finalidad de estas subvenciones es facilitar el acceso a un primer empleo de calidad a personas desempleadas de C-LM, dando respuesta adecuada a su nivel de cualificación y fomentando la utilización de la modalidad contractual adaptada a sus necesidades.

El período subvencionable es: desde el 1 de octubre de 2023 hasta el 30 de septiembre de 2024, ambos incluidos.

El plazo para solicitarlas empieza el 15 de junio hasta el 30 de octubre 2024.

Se trata de subvenciones destinadas a pymes y personas autónomas con asalariados a cargo que, para actividades susceptibles de prestarse mediante trabajo a distancia, transformen puestos de trabajo presenciales de personas asalariadas en puestos de trabajo en los que la prestación laboral se realice a distancia y/o realicen nuevas contrataciones para puestos de trabajo en los que la prestación laboral sea a distancia.

La finalidad de estas subvenciones es apoyar la realización del trabajo a distancia de las personas asalariadas a cargo de personas trabajadoras autónomas y de las pequeñas y medianas empresas, como medida, para favorecer la conciliación familiar y laboral, asegurar el nivel de empleo, así como para proteger a la persona trabajadora frente a cualquier eventualidad que se produzca.

Serán subvencionables las actuaciones que se realicen desde la emisión del “Cheque empleo” hasta el 31 de diciembre de 2025. En todo caso, el cheque empleo podrá canjearse en un año desde su emisión.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, las empresas, las entidades sin ánimo de lucro, las personas trabajadoras autónomas, las sociedades laborales o cooperativas y las comunidades de bienes, que realicen contrataciones por tiempo indefinido o contratos formativos con las condiciones establecidas en la presente orden.

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