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El Gobierno ha aprobado el Real Decreto-ley 18/2026, de 29 de junio, por el que se adoptan nuevas medidas dentro del Plan Integral de Respuesta a la Crisis en Oriente Medio.

La norma mantiene el apoyo extraordinario al transporte por carretera mediante ayudas directas al combustible, nuevas medidas fiscales y subvenciones específicas para determinados vehículos profesionales, con el objetivo de paliar el impacto del incremento de los costes energéticos.

 

BOLETIN SEMANAL “DICI AL DÍA” ÁMBITO SOCIEDAD DIGITAL, SEMANA del 22 al 26 de junio.

En esta noticia se incluye la edición semanal semana del 22 al 26 de junio “DICI Al Día” correspondiente al ámbito de Sociedad Digital.

El Gobierno aprueba el Real Decreto 487/2026 que flexibiliza la formación CAP: se incorpora el aula virtual y se elimina la obligatoriedad del control biométrico

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 487/2026, de 17 de junio (BOE-A-2026-13203), por el que se modifica el Real Decreto 284/2021, regulador de la cualificación inicial y la formación continua de los conductores profesionales de determinados vehículos destinados al transporte por carretera (CAP).

La norma fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 16 de junio de 2026, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y entrará en vigor el próximo 18 de septiembre de 2026.

Objetivo de la reforma

 

BOLETIN SEMANAL “DICI AL DÍA” ÁMBITO SOCIEDAD DIGITAL, SEMANA del 15 al 19 de junio.

En esta noticia se incluye la edición semanal semana del 15 al 19 de junio “DICI Al Día” correspondiente al ámbito de Sociedad Digital.

El 12 de junio de 2026 se publicó la resolución de 5 de junio de 2026 de la Dirección General de Transporte por Carretera y Ferrocarril, que establece las características que deben reunir los sistemas y los documentos electrónicos de control administrativo exigidos en los transportes por carretera.

«Durante la realización de los servicios y actividades reguladas en este reglamento, deberán llevarse a bordo del vehículo, debidamente cumplimentados, los documentos de control administrativo que, en su caso, se establezcan. En los transportes internacionales se emplearán los documentos de control establecidos en los convenios suscritos por España.» (Art. 222.1, párrafo segundo, ROTT)

BOLETIN SEMANAL “DICI AL DÍA” ÁMBITO SOCIEDAD DIGITAL, SEMANA del 8 al 12 de junio.

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