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Respuesta de la UE a la crisis del COVID-19

Miércoles, 25 Marzo 2020

1. Programa de inversión para hacer frente al coronavirus

La Comisión lanzó una propuesta de Reglamento para redirigir 37.000 millones de euros de los Fondos Estructurales y de Cohesión para mitigar los efectos de la crisis causada por el COVID-19. A tal efecto, no solicitará a los Estados miembros que reembolsen la prefinanciación no utilizada de dichos fondos. Esto equivale a, aproximadamente, 8.000 millones de euros del presupuesto de la UE, de los que los países podrán disponer para complementar los 29.000 millones de fondos estructurales europeos desbloqueados. La elegibilidad del gasto tendrá efecto retroactivo, en concreto desde el 1 de febrero.

2. Flexibilización del régimen europeo de Ayudas de Estado

Tal y como ya lo están haciendo, los Estados miembros tienen potestad para diseñar medidas de amplio alcance tales como rebajas en las contribuciones sociales o suspensión de impuestos. Además, pueden otorgar apoyo financiero directo mediante, entre otras vías, líneas de avales y garantías, como la anunciada por el Gobierno de España para llegar hasta los 100.000 millones de euros.

Sin embargo, dado que estas medidas caen bajo el régimen de ayudas de Estado y su regulación es competencia exclusiva de la Unión Europea, el 19 de marzo la Comisión adoptó un nuevo marco temporal para la flexibilización de dicho régimen.

La cuestión es, según la Comisión, garantizar que el sistema europeo de Ayudas de Estado beneficie a las empresas que hayan entrado en crisis después del 31 de diciembre de 2019 como consecuencia del brote del COVID-19.

3. Flexibilización del marco fiscal europeo

La Comisión propuso al Eurogrupo aplicar altos niveles de flexibilidad en el cumplimiento de los criterios del Pacto de Estabilidad y Crecimiento (desviación de las sendas de consolidación fiscal) para reducir los efectos socioeconómicos que la crisis del COVID-19 está causando. El Ejecutivo europeo basó su razonamiento en lo que define como “una serie de eventos impredecibles que caen fuera del marco de predictibilidad de los gobiernos”, permitiéndoles, por tanto, acomodar gastos hasta ahora no previstos destinados a inyecciones en los sistemas de salud pública y a mitigar pérdidas económicas para empresas y trabajadores.

4. Blindaje de las fronteras exteriores de la Unión Europea

En un intento de coordinar las acciones unilaterales que los Estados miembros han ido aplicando para contener la propagación del COVID-191 y que se han traducido en una rotura del Espacio Schengen de libre circulación, el 16 de marzo la Comisión presentó una guía con recomendaciones para la gestión de fronteras, con tres objetivos:

a) Asegurar el abastecimiento de bienes y servicios básicos, porque el transporte de mercancías y la movilidad es esencial para garantizar el suministro de equipamiento médico, así como la continuidad de la actividad económica.

Por tanto, las medidas de control fronterizo no han de ser disruptivas y han de asegurar las cadenas de suministro.

Los profesionales del sector del transporte han de poder circular a través de las fronteras sin que su seguridad se vea comprometida en ningún momento.

Por lo que se refiere al transporte aéreo de pasajeros, la Comisión Europea propuso el 13 de marzo una modificación del Reglamento vigente sobre asignación de franjas horarias para eximir a las compañías aéreas del cumplimiento de la regla 80-20, según la cual si una aerolínea incumple más de un 20% de las rutas previstas puede perder la autorización. El Parlamento Europeo tiene previsto adoptarlo el 26 de marzo en sesión plenaria extraordinaria, con lo que solo quedará pendiente la aprobación por parte del Consejo para su posterior entrada en vigor. Además, el 18 de marzo la Comisión publicó una guía interpretativa de los derechos de los pasajeros en el contexto de la crisis del COVID-19.

Prácticamente todos los Estados miembros han restablecido los controles fronterizos, totales o parciales, restringiendo la libre circulación de personas y afectando a la libre circulación de mercancías.

b) Proteger la salud.

Entre otras recomendaciones, los Estados miembros han de facilitar el cruce de fronteras a los trabajadores que desempeñan su actividad profesional en un país vecino, con especial atención a aquellos que trabajan en el sector de la salud y otros sectores esenciales como el de los cuidados a ancianos y a niños y los trabajadores de infraestructuras críticas.

c) Cierre temporal de las fronteras exteriores de la UE.

La Comisión Europea apoya la reintroducción de controles fronterizos entre Estados miembros, como ya pasó con la crisis migratoria de 2016. Sin embargo, esta es la primera vez que plantea el cierre temporal durante 30 días de las fronteras exteriores de la UE como perímetro de seguridad frente al COVID-19. Un cierre que fue aprobado por el Consejo Europeo el 17 de marzo.

5. Medidas adoptadas por el Banco Central Europeo.

El 18 de marzo el Banco Central Europeo presentó un plan de compra hasta finales de 2020 de 750.000 millones de euros en activos públicos y privados, favoreciendo la financiación de los planes adoptados por los Estados miembros para luchar contra el COVID-19.

Se trata del mayor programa de financiación puesto en marcha por el BCE hasta la fecha.

Puedes descargarte la orden Síntesis de respuesta UE en la parte inferior de la noticia.

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