+34 967 217 300  feda@feda.es

NUEVA RESOLUCIÓN SOBRE UN SEGUNDO REPARTO Y DISTRIBUCIÓN DE MASCARILLAS POR EL MITMA

Jueves, 16 Abril 2020

Hoy, 16 de abril de 2020, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado, la Resolución de 14 de abril de 2020, de la Dirección General de Transporte Terrestre, complementaria de la Resolución de 2 de abril de 2020, por la que se dictan instrucciones para la distribución de las mascarillas en el ámbito del transporte terrestre.

 Se adjudican las siguientes mascarillas a las empresas autorizadas de transporte por cada vehículo que tengan adscrito a la autorización:

  • Las empresas autorizadas a realizar transporte público de mercancías recibirán 4 mascarillas por cada vehículo con MMA superior a 3,5 toneladas.
  • Las empresas autorizadas a realizar transporte público de mercancías recibirán 4 mascarillas por cada vehículo con MMA que no supere las 3,5 toneladas.
  • Empresas autorizadas para realizar transporte público de viajeros en autobús, con autorización de la clase VDE recibirán 4 mascarillas.
  • Empresas autorizadas para realizar transporte público interurbano de viajeros en vehículos de turismo, con autorización de la clase VT, recibirán 4 mascarillas.  
  • Empresas de transporte autorizadas para realizar transporte de viajeros en la modalidad de arrendamiento de vehículos con conductor, con autorización de clase VTC, recibirán 4 mascarillas.
  • Empresas autorizadas para realizar transporte público sanitario, con autorización de la clase VSE, recibirán 4 mascarillas.

La forma de determinar lcantidad de mascarillas que le correspondan a cada empresa se hará de oficio por parte de la DG de Transporte Terrestre a partir de la información contenida en el RETA.

Reparto se llevará a cabo de la misma manera en el que se llevó el anterior, mediante el uso de las oficinas de Correo.

Y para recogerlas se necesitará acreditar que se tiene representación suficiente, en caso de que no vaya a recogerlas el titular de la autorización.

El tiempo con el que se cuenta para poder hacer la recogida es de 7 días naturales desde la puesta a disposición en las oficinas de Correos.

La página web donde ver la asignación sigue siendo la misma. 

La oficina que le corresponde a cada uno se puede comprobar en el siguiente enlace: https://www.mitma.gob.es/transporte-terrestre/profesionales-transporte/distribucion-mascarillas-ambito-transporte-terrestre/oficinas_correos

En la parte inferior de la noticio puedes descargar la nueva Resolución de 14 de abril.

Valora este artículo
(1 Voto)
Descargar archivos adjuntos:

Únete a nosotros! Escríbenos, llámanos al 967 217 300 o visítanos.