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Decreto 87/2020, de 22 de diciembre, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Miércoles, 23 Diciembre 2020

El pasado 15 de diciembre, el Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, como autoridad delegada para establecer medidas específicas en el ámbito del Estado de Alarma, establecía una serie medidas para la celebración de las fiestas navideñas.

Debido a la evolución de los indicadores sanitarios y epidemiológicos, se hace necesaria una nueva modulación de las medidas acordadas.

  • Limitación de la libertad de circulación de las personas en horario nocturno

En Castilla-La Mancha, las noches del 24 al 25 de diciembre de 2020 y del 31 de diciembre de 2020 al 1 de enero de 2021, la hora de comienzo de tal limitación se retrasará a las 00.30 horas, únicamente para permitir el regreso al domicilio. En ningún caso se hará para desplazarse a diferentes encuentros sociales.

  • Limitación de permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados

De manera excepcional, durante los encuentros en espacios privados, con familiares o personas allegadas para celebrar las comidas y cenas navideñas durante los días 24, 25 y 31 de diciembre de 2020 y del 1 de enero de 2021, el número de personas podrá ser hasta un máximo de diez, salvo que se trate de convivientes.

Se recomienda que durante estos encuentros no se superen los dos grupos de convivencia.

Para el resto de casos no previstos aquí, en lo referente a los días señalados en espacios privados, la permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados se continuará rigiendo por lo establecido en el Decreto 66/2020, de 29 de Octubre (Máximo 6 personas).

Entrada en vigor: Desde las 00.00 Horas del día 23 de diciembre de 2020 hasta las 00.00 horas del día 7 de enero de 2021.

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