+34 967 217 300  feda@feda.es

Subvenciones para la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo

Miércoles, 19 Octubre 2022

Incentivos a la contratación y al emprendimiento

La finalidad de estas subvenciones es facilitar el acceso al trabajo de las personas con discapacidad, así como la adaptación sociolaboral de las que, además, tengan especiales dificultades de inserción laboral, en condiciones que garanticen la aplicación de los principios de igualdad de trato y no discriminación, fomentando las oportunidades de empleo y mantenimiento del mismo, en el mercado ordinario de trabajo de C-LM.

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas, personas trabajadora autónomas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y entidades sin ánimo de lucro.

Las cuantías de las subvención pueden ser entre 1.000 y 8.500 €.

Las líneas de ayuda son:

    * Línea I: Ayudas para la contratación inicial indefinida y para la transformación en contratos por tiempo indefinido de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad. Para fomentar la contratación indefinida y la transformación en indefinidos de contratos temporales de personas trabajadoras con discapacidad.

Recibirán una subvención de  8.000€ si la persona contratada es hombre y 8.500€ si es mujer.

La cuantía establecida anteriormente se incrementará en 1.000€ si:

- El contrato por tiempo indefinido para el que se solicita la ayuda, es el primer contrato por tiempo indefinido suscrito por la entidad solicitante.

- La persona con discapacidad con la que se suscribe el contrato se encuentre en alguna de estas circunstancias:

  1. Parálisis cerebral o enfermedad mental = o +33% discapacidad.
  2. Discapacidad física o sensorial = o +65%.
  3.   Edad = o +45 años

     * Línea II: Ayudas para la adaptación de los puestos de trabajo de personas trabajadoras con discapacidad. 

Adaptar sus puestos de trabajo, dotar de equipos de protección personal y eliminar las barreras u obstáculos, que impidan o dificulten su trabajo recibirán una subvención de 1.000€ como máximo.

     * Línea III: Ayudas para la contratación inicial indefinida de personas trabajadoras con discapacidad que presentan especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo, procedentes de enclaves laborales.

Favorecer el tránsito del empleo protegido desde los enclaves laborales al mercado ordinario de trabajo, mediante la contratación indefinida de personas trabajadoras con discapacidad, que presenten especiales dificultades para el acceso al mismo.

Recibirá una subvención de  8.000€ si la persona contratada es hombre  y 8.500€ si es mujer.

     * Línea IV: Ayudas destinadas a sufragar los costes salariales y de SS del preparador laboral que realice actividades de orientaciones y acompañamiento individualizado en el puesto de trabajo, a personas trabajadoras con discapacidad con especiales dificultades para el acceso al mercado ordinario de trabajo.

Favorecer la inserción laboral de las personas con discapacidad con especiales dificultades, mediante actividades de orientación y acompañamiento individualizado al puesto de trabajo, prestados por personal especializado.

La cuantía se establece, por un lado, tomando como referencia una retribución anual de 33.250€, incluidas las dos pagas extraordinarias y la cuota empresarial a la SS por todos los conceptos; y, por otro lado, en función del número de personas trabajadoras con el tipo y grado de discapacidad indicados en el art.24.3 del presente Decreto.

*Los potenciales beneficiarios pueden presentar solicitudes para todas las líneas de ayuda descritas previamente.

Serán subvencionables las actuaciones de las Líneas I, II y III que se realicen desde el 1 de noviembre de 2021 hasta el 31 de octubre de 2022, ambos incluidos,  

Serán subvencionables las actuaciones de la Línea IV que se realicen desde el 1 de enero de 2021 hasta el 31 de diciembre de 2021, ambos incluidos.

*IMPORTANTE: Las cuantías determinadas en las Líneas anteriores se incrementarán en:

- Un 20%, 30% o 40% (dependiendo del caso), cuando las actuaciones subvencionables se desarrollen en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación,  

- y en un 20% si el municipio es considerado zona prioritaria

Plazo presentación solicitudes es desde el 19 de octubre de 2022 hasta el 15 de noviembre de 2022.

Las solicitudes se presentarán únicamente de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

  

Únete a nosotros! Escríbenos, llámanos al 967 217 300 o visítanos.