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SOLICITUD DE LA AYUDA DIRECTA PARA LOS VEHICULOS QUE NO SE BENEFICIAN DEL GASOLEO PROFESIONAL

Martes, 04 Abril 2023

Desde el sábado 1 de abril está disponible en la página de la Agencia Tributaria la solicitud de la ayuda directa a la que tienen derecho aquellos que cuenten con vehículos que no puedan beneficiarse de la devolución parcial del impuesto de hidrocarburos (gasóleo profesional). 

Para poder solicitar se deberá acceder al siguiente enlace web, https://sede.agenciatributaria.gob.es/Sede/procedimientoini/DJ24.shtml y clicar donde dice: “Presentación de solicitud y declaración responsable”.

La solicitud deberá de ser cumplimentada con los siguientes datos: 

  • NIF o CIF de quien tenga la autorización de transporte.
  • Número de la cuenta bancaria donde se hará el ingreso. 

También habrá que marcar las casillas correspondientes a las declaraciones responsables que haya que hacer: afectado por la guerra de Ucrania, ayudas recibidas, empresas asociadas o vinculadas y superación del límite de las ayudas.

Toda empresa y autónomo deberá marcar la casilla de la declaración de afectado por la guerra de Ucrania.

Después toda empresa y autónomo que haya recibido alguna de las ayudas directas que se concedieron en el 2022, así como si se está recibiendo la ayuda de 20 y 10 céntimos por litro, por contar con un vehículo que si se beneficie de la devolución del gasóleo profesional, deberá marcar la casilla de la declaración responsable de ayudas recibidas.

Las empresas y autónomos que puedan verse dentro de la definición de empresas asociadas o vinculadas deberán marcar la casilla de la declaración responsable de empresas vinculadas o asociadas. 

  • Son «empresas asociadas» todas las empresas a las que no se puede calificar como empresas vinculadas y entre las cuales existe la relación siguiente: una empresa (empresa participante) posee, por sí sola o conjuntamente con una o más empresas vinculadas, el 25 % o más del capital o de los derechos de voto de otra empresa (empresa participada).
  • Son «empresas vinculadas» las empresas entre las cuales existe alguna de las siguientes relaciones: una empresa posee la mayoría de los derechos de voto de los accionistas o socios de otra empresa; una empresa tiene derecho a nombrar o revocar a la mayoría de los miembros del órgano de administración, dirección o control de otra empresa; una empresa tiene derecho a ejercer una influencia dominante sobre otra, en virtud de un contrato celebrado con ella o de una cláusula estatutaria de la segunda empresa; una empresa, accionista de otra o asociada a otra, controla sola, en virtud de un acuerdo celebrado con otros accionistas o socios de la segunda empresa, la mayoría de los derechos de voto de sus accionistas o socios.

 Las empresas y autónomos que hayan llegado o superado el límite de ayudas del Marco Temporal Ucrania deberán de marcar la casilla de la declaración responsable sobre la superación del límite de ayudas. El límite se encuentra en 2.000.000 de euros.

 Una vez completado esto y dándole a “Enviar” se nos traslada a una nueva pantalla en la que deberemos indicar de nuevo las declaraciones responsables que hemos marcado antes y deberemos adjuntar (en los espacios indicados) un documento que servirá como declaración responsable. 

En la parte inferior de esta noticia puede descargar las declaraciones responsables. 

 

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