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Veri*Factu en Escuelas Infantiles

Martes, 18 Noviembre 2025

Obligación de expedir factura en el régimen especial

Las escuelas infantiles, aun estando acogidas a un régimen especial, están obligadas a expedir factura por las operaciones que realicen en el desarrollo de su actividad cuando concurran los supuestos previstos en el artículo 2 del Reglamento de facturación, aprobado por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre. Esta obligación se extiende tanto a operaciones sujetas como exentas de IVA, en los términos y con las excepciones previstas en el propio reglamento.

Quiénes deben cumplir esta obligación y en qué casos

El reglamento se aplica a todos los negocios y profesionales que tienen que hacer facturas por las ventas o servicios que ofrecen, sin importar si esas operaciones tienen o no IVA. No importa si la factura incluye IVA o está exenta, si hay que hacer factura, hay que usar un sistema que cumpla con VERI*FACTU.

Por ejemplo, una escuela infantil que hace operaciones con y sin IVA debe hacer factura en todos los casos que la ley lo exige, incluyendo las operaciones sin IVA, salvo algunas excepciones que la ley permite.

Resumen

La escuela infantil debe adaptar su sistema de facturación para cumplir con el Reglamento VERI*FACTU en todas las facturas que haga, tanto si tienen IVA como si están exentas, siempre que la ley exija hacer factura. La obligación no depende de si la factura lleva IVA, sino de si hay que hacer factura según la ley.

Lo que dice la jurisprudencia

Obligación de usar el sistema Verifactu para facturar en escuelas infantiles

No hay una norma o decisión judicial que diga claramente que las escuelas infantiles deben usar el sistema Verifactu para hacer sus facturas, ni que explique si esto cambia según si la operación tiene o no IVA. Sin embargo, sí existen reglas generales sobre cuándo y cómo se debe emitir una factura en relación con el IVA.

Las normas indican que los negocios o profesionales deben siempre emitir y entregar una factura por las operaciones que realicen, y además deben guardar una copia de esas facturas. Cuando la factura se hace para otro negocio o profesional, siempre debe entregarse una copia, sin importar el tipo de impuestos que tenga el que emite la factura. Además, toda factura debe mostrar claramente el porcentaje de IVA aplicado y el importe de ese impuesto, salvo cuando la operación esté exenta de IVA, en cuyo caso debe indicarse que está exenta y la razón.

Los tribunales han dicho que emitir factura es muy importante para el correcto manejo del IVA, ya que la factura permite que quien la recibe pueda deducir el IVA que ha pagado. Aunque la factura no es el único documento que puede probar que una operación tiene IVA, sí es el documento habitual y obligatorio.

Sobre la obligación de usar sistemas específicos de facturación como Verifactu, no hay decisiones judiciales que digan que se debe usar de forma diferente según si la operación tiene o no IVA. Por eso, salvo que una norma diga lo contrario, la obligación de emitir factura con los requisitos legales aplica a todas las operaciones que haga el negocio, tanto si tienen IVA como si están exentas.

Conclusión

Como no hay una norma específica sobre el uso del sistema Verifactu, se entiende que la obligación de usar el sistema de facturación que corresponda (como Verifactu) incluye todas las facturas que emita la escuela infantil. Esto es así tanto para operaciones con IVA como para las que están exentas, siempre que sean operaciones propias de su actividad y que deban documentarse con factura según las reglas vigentes.

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