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Subvenciones a la creación de empleo por contratación de desempleados

Miércoles, 20 Marzo 2013
Orden de la Consejería de Empleo y Economía de Castilla-La Mancha

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha ha publicado la Orden 11/03/2013, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se establecen las bases reguladoras para concesión de subvenciones destinadas a fomentar la creación de empleo por contratación de desempleados.

 

                Esta Orden establece la regulación de una serie de líneas de subvenciones a la contratación, las cuales se definen a través de los siguientes Planes:

 

                 Plan Duplícate.- Esta ayuda va dirigida a la contratación temporal como pasarela hacia el contrato indefinido, de un importante número de personas en paro en Castilla La Mancha como son los mayores de 30 años.

 

Plan Duplícate Plus.- Esta medida de ayuda se destina, a la contratación indefinida de demandantes de empleo entre 30 y 45 años por encontrarse en una situación precaria de desempleo.

 

Plan Incorpórate.- Consiste en una ayuda destinada a reducir la tasa de desempleo juvenil existente en esta Comunidad Autónoma al incentivar la creación de empleo de manera inmediata, facilitando la incorporación al mundo del trabajo el desempleado con un contrato en prácticas por haber finalizado los estudios que le habilitan para el desarrollo profesional.

  

                La cuantía de las ayudas para las distintas líneas de subvención recogidas en la presente Orden son las siguientes:

 

1. Plan Duplícate:

 

                Por contratación de hombre: 2.400 euros.

                Por contratación de mujer: 2.700 euros.

 

2. Plan Duplícate Plus.

                a) Por cada contratación inicial indefinida:

                Si es hombre: 5.040 euros.

                Si es mujer: 5.400 euros.

 

                A las cuantías anteriores se añadirán 720 euros, si el desempleado es de larga duración, entendiéndose como tal, a la persona inscrita como demandante de empleo de forma ininterrumpida, durante un periodo superior a un año.

 

b) Por cada transformación de contrato eventual en indefinido:

                Si es hombre: 1.800 euros.

                Si es mujer: 2.160 euros.

 

3. Plan Incorpórate.

 

                Si la duración del contrato es de 6 meses: 1.200 euros.

                Para períodos superiores a 6 meses: A 250 euros/mes hasta un máximo de 6.000 euros.

                En caso de que se concierten prórrogas al contrato inicial, éstas serán debidamente comunicadas al Servicio Público de Empleo Estatal, no correspondiendo subvención alguna por las mismas.

                4. Las cuantías recogidas en los puntos anteriores serán minoradas cuando la contratación se realice a tiempo parcial

o mediante contratos fijos-discontinuos, de forma proporcional a la jornada que figure en el contrato de trabajo.

 

Las subvenciones reguladas en la Orden se aplicaran a las actuaciones subvencionables que se realicen en los siguientes periodos:

 

Para el primer procedimiento de selección: Desde la fecha de entrada en vigor de la presente Orden Hasta el 31 de marzo de 2013.

Para el segundo procedimiento: Desde el 1 de abridle 2013 hasta el 30 de junio de 2013.

 

El plazo de presentación de solicitudes para la presente convocatoria se establece en dos plazos:

 

El primero, desde el dia de la entrada en vigor de esta Orden hasta el día 30 de abril de 2013.

El segundo, desde el día 1 de mayo al 31 de julio de 2013.

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