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Subvenciones para fomentar proyectos mejora en prevención de riesgos laborales

Miércoles, 08 Mayo 2013
Orden 26/04/2013 (DOCM 08/05/2013) Consejería de Empleo y Economía

 

Con fecha de 8 de mayo de 2013, ha sido publicada la Orden de 26/04/2013, de la Consejería de Empleo y Economía, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para fomentar proyectos de mejora en prevención de riesgos.

 

El objetivo es la concesión de subvenciones destinadas a fomentar proyectos de mejora en prevención de riesgos laborales, en alguna de las modalidades siguientes:

 

Modalidad 1: Proyectos dirigidos al establecimiento de la organización preventiva de las personas emprendedoras, durante el primer ejercicio de su actividad.

  

Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones previstas en la Modalidad 1, las personas emprendedoras que suscriban un concierto de prevención con un Servicio de Prevención Ajeno o se adhieran a un Servicio de Prevención Mancomunados y hayan iniciado su actividad económica en el periodo comprendido entre el 1 de septiembre de 2012 y la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. El concierto de prevención o la adhesión al Servicio de Prevención Mancomunado deberá abarcar las especialidades de Seguridad en el Trabajo, Higiene Industrial, Ergonomía y Psicosociología aplicada y Medicina del Trabajo. La cuantía de la subvención es el 80% del coste del concierto suscrito entre ambas partes.

 Modalidad 2: Proyectos de inversión en instalaciones y equipos que redunden en la mejora de las condiciones de seguridad y salud de las empresas y centros de trabajo.

Podrán acceder a la condición de beneficiarios de las subvenciones previstas en la Modalidad 2, las personas emprendedoras, las PYMES, los Centros Especiales de Empleo con y sin ánimo de lucro y las entidades sin ánimo de lucro, siempre que tengan trabajadores por cuenta ajena. Serán subvencionables las inversiones paras las personas emprendedoras las realizadas en ejecución de medidas previstas en la planificación preventiva y para el resto, las inversiones deberán estar previstas en la planificación de la actividad preventiva y llevarse a cabo en:

 

          Sustitución de maquinaria no conforme con la normativa de seguridad.

          Inversiones destinadas a la adaptación ergonómica de puestos de trabajo.

          Adquisición de equipos para el control de contaminantes químicos, físicos y biológicos.

 

La cuantía de la subvención es el 35% del coste de las inversiones subvencionadas, sin que en ningún caso el importe total de la subvención pueda superar la cantidad de 15.000€ por beneficiario.

 

El plazo de presentación de solicitudes estará abierto entre el día 9 de mayo y el 8 de junio de 2013, se formalizarán en el modelo normalizado (Anexo I de la Orden) y  se dirigirán a la  Dirección General de Relaciones Laborales y Seguridad y Salud Laboral.

 

 

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