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Plan Renove de Electrodomésticos 2014

Martes, 25 Marzo 2014

Publicada la Orden de 19/03/2014 con las bases reguladoras de las ayudas

El día 25 de marzo de 2014 se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Orden de 19/03/2014, de la Consejería de Fomento, por la que se convocan ayudas del Plan Renove de Electrodomésticos en Castilla-La Mancha, destinadas a la compra de electrodomésticos más eficientes.

 

El objeto de esta Orden es establecer las bases reguladoras y convocar las ayudas para la adquisición de aparatos electrodomésticos de alta eficiencia energética, asignando un presupuesto total de 1.687.000 euros para esta convocatoria.

Los electrodomésticos que pueden ser subvencionables y la cuantía de las ayudas se detallan en la tabla siguiente:

EQUIPO SUBVENCIONABLE

85 €

105 €

125 €

FRIGORÍFICOS Y FRIGORÍFICOS CONGELEADORES

 

Clase energética A+

Clase energética A++ o superior

CONGELADORES

 

Clase energética A+

Clase energética A ++ o superior

LAVADORAS

 

Clase energética A+ o superior

 

LAVAVAJILLAS

 

Clase energética A+ o superior

 

HORNOS

Clase energética A o superior

 

 

TELEVISORES

Clase energética A+ o superior

 

 

 La presente convocatoria desplegará sus efectos desde el 15 de mayo de 2014, fecha en que dará comienzo la citada campaña hasta el 30 de agosto del mismo ejercicio, fecha máxima de finalización de la misma o hasta el agotamiento del crédito.

Podrán acogerse a las ayudas establecidas en la presente Orden todas las personas físicas y jurídicas de derecho privado residentes o, en su caso, con domicilio fiscal en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha que, como máximo, adquieran un único aparato de cada uno de los tipos indicados en la base 4ª, a través de los establecimientos que se adhieran al programa de ayudas, que gestionará la entidad o entidades colaboradoras seleccionadas. Deberán estar al corriente de pago en sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social y no encontrarse incurso en ninguno de los supuestos de incompatibilidad de la Ley de Hacienda de Castilla-La Mancha ni de la Ley General de Subvenciones.

 El plazo que tienen los establecimientos para adherirse a las entidades colaboradoras es desde el 6 de mayo hasta el 19 de mayo. La adhesión se tramitará cumplimentando el anexo II de la Orden y remitiéndolo firmado y sellado por la empresa, al fax 925 269 846 (Consejería de Fomento, Dirección General de Industria y a la atención de Miguel Rodríguez).

Los interesados presentarán las solicitudes a los establecimientos adheridos al Plan desde 15 de mayo y hasta el 30 de agosto, salvo agotamiento previo del crédito disponible.

Las solicitudes deberán ir firmadas por el solicitante, así como firmadas por el representante y selladas por establecimiento adherido, debiéndose aportar la siguiente documentación:

a) Cuando el interesado sea persona física:

  • Copia del DNI en vigor del solicitante. Para los casos en que el DNI esté caducado o tenga vigencia permanente deberá presentarse certificado de empadronamiento que acredite su domicilio en Castilla-La Mancha en fecha anterior a la de la convocatoria.
  • Factura de compra que cumpla los requisitos establecidos por la normativa fiscal o documento equivalente acreditativo del pago efectivo del electrodoméstico, debidamente firmado por el comprador y sellado por el establecimiento adherido, debiendo hacerse constar expresamente el precio inicial del producto (PVP) antes de aplicar la subvención y de forma diferenciada el descuento derivado del presente programa de ayudas bajo la leyenda “Ayuda Plan Renove de Electrodomésticos 2014 JCCM: (+importe de la ayuda según tipo de equipo: 85,105 ó 125 €)”, así como el precio final resultante a abonar por el comprador, una vez realizado el descuento.
  • Etiqueta original de clasificación energética o copia de la misma
  • Certificado de empadronamiento de fecha posterior a la de la convocatoria, en caso de no coincidir la dirección de la solicitud con la del DNI.
  • Certificado de retirada del electrodoméstico debidamente cumplimentado (sellado y con la referencia al establecimiento correspondiente), por cualquiera de los medios previstos en el apartado 3 de la base 4ª, en el cual se acredite tal circunstancia, debiendo incorporarse a la solicitud de la ayuda cuya tramitación efectuarán los propios establecimientos de venta adheridos, sin perjuicio del certificado global previsto en la citada base reguladora. El certificado de retirada deberá ser en todo caso de fecha posterior a la fecha de la solicitud y factura. Podrá acumularse en un solo certificado la retirada de varios electrodomésticos, debiendo individualizarse en tal caso la solicitud/es a que corresponde, así como las fechas de retirada de los mismos.

b) Cuando el interesado fuese una persona jurídica (entendiéndose por tal empresas privadas o personas que lleven a cabo actividades empresariales o profesionales con ánimo de lucro):

  • Copia del DNI del representante en vigor, acompañada de documento por el que se confiere la representación.
  • Copia del NIF de la empresa.
  • Factura de compra que cumpla los requisitos establecidos por la normativa fiscal o documento equivalente acreditativo del pago efectivo del electrodoméstico, debidamente firmado por el comprador y sellado por el establecimiento adherido, debiendo hacerse constar expresamente el precio inicial del producto (PVP) antes de aplicar la subvención y de forma diferenciada el descuento derivado del presente programa de ayudas bajo la leyenda “Ayuda Plan Renove de Electrodomésticos 2013 JCCM: (+importe de la ayuda según tipo de equipo: 85,105 ó 125 €)”, así como el precio final resultante a abonar por el comprador, una vez realizado el descuento.
  • Etiqueta original de clasificación energética o copia de la misma.
  • Certificado de retirada del electrodoméstico debidamente cumplimentado (sellado y con referencia al establecimiento correspondiente), por cualquiera de los medios previstos en el apartado 3 de la base 4ª, en el cual se acredite tal circunstancia, debiendo incorporarse a la solicitud de la ayuda cuya tramitación efectuarán los propios establecimientos de venta adheridos, sin perjuicio del certificado global previsto en la citada base reguladora. El certificado de retirada deberá ser en todo caso de fecha posterior a la fecha de la solicitud y factura. Podrá acumularse en un solo certificado la retirada de varios electrodomésticos, debiendo individualizarse en tal caso la solicitud/es a que corresponde, así como las fechas de retirada de los mismos.

El texto completo de la Orden con las bases que regulan estas ayudas lo puedes descargar en el enlace que se encuentra en la parte superior de esta noticia.

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