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Real Decreto de traslado de residuos y modificación del Reglamento de Responsabilidad Medioambiental

Martes, 07 Abril 2015

Con fecha de hoy, día 7 de abril de 2015, han sido publicadas en el BOE dos importantes normas en materia medioambiental:

Real Decreto 180/2015, de 13 de marzo, por el que se regula el traslado de residuos en el interior del territorio del Estado.

La norma introduce nuevos instrumentos para mejorar la trazabilidad y el control de los residuos, como el contrato de tratamiento y el documento de identificación, que acompaña al residuo durante su traslado y cumple, asimismo, la finalidad de servir de acreditación documental de la entrega del residuo a la instalación de destino para su tratamiento. Se trata de una nueva regulación de ciertos aspectos relevantes para el control y la vigilancia de los traslados y el correcto tratamiento de los residuos.

Además, para determinados traslados, se incorporan medidas de control por parte de las Comunidades Autónomas mediante la notificación previa de traslado, para garantizar que se cumplen los principios fundamentales de la ley de residuos.

El nuevo Real Decreto avanza en la agilización administrativa respecto a la anterior legislación, suprimiendo algunos trámites innecesarios y obsoletos, e incorporando la notificación previa general para múltiples traslados, que mantiene su validez durante tres años.

La norma garantiza el principio de unidad de mercado, estableciendo documentos estandarizados y únicos para todo el territorio del Estado, y establece la tramitación electrónica del procedimiento, lo que supone una disminución considerable de costes para las empresas y para las administraciones públicas.

Real Decreto 183/2015, de 13 de marzo, por el que se modifica el Reglamento de desarrollo parcial de la Ley 26/2007, de 23 de octubre, de Responsabilidad Medioambiental, aprobado por el Real Decreto 2090/2008, de 22 de diciembre

Con esta modificación se garantiza y se refuerza la obligación de prevenir, evitar y reparar las amenazas y los daños medioambientales, siendo las principales modificaciones de esta norma las siguientes:

- Reforzar los aspectos preventivos de la Ley 26/2007,  uno de los principios en los que se basa la ley.

- Ampliar la protección del medio ambiente de forma que se cubran los posibles daños que se puedan producir en el estado ecológico de las aguas marinas.

- Simplificar y agilizar el procedimiento de constitución de garantía financiera obligatoria.

- Mejorar las normas aplicables a los procedimientos de exigencia de responsabilidad medioambiental.

- Mejorar la transposición de la Directiva 2004/35/CE.

Así mismo se amplían los sujetos garantizados por la garantía financiera, modificándose a su vez los límites cuantitativos de la garantía. Por otra parte se han realizado cambios en las disposiciones relativas al Fondo de Compensación de daños medioambientales.

 

Puedes descargar el documento completo de ambas normas en el archivo adjunto a esta noticia.

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