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AYUDAS DESTINADAS A LA MODERNIZACIÓN, MEJORA Y PROMOCIÓN DEL COMERCIO MINORISTA EN CLM

Miércoles, 24 Abril 2019

Han sido publicadas en el DOCM de 23 de abril,  la convocatoria de las ayudas destinadas a impulsar la modernización, mejora y promoción del comercio minorista en Castilla-La Mancha para el ejercicio 2019, Resolución 11/04/2019.

Objeto:

  • Línea para la modernización y mejora del comercio minorista: Esta línea tiene por objeto la incorporación de nuevas tecnologías al comercio minorista, así como el fomento de la presencia en internet a través del comercio electrónico y el apoyo al comerciante en la mejora de su imagen comercial.
  • Línea para la promoción del comercio minorista: se pretende incentivar a las asociaciones de comerciantes para coordinar las diversas actividades conjuntas de los establecimientos comerciales minoristas con la finalidad de que estos ofrezcan a los ciudadanos una oferta comercial continuada, plural, especializada y competitiva.

Destinatarios: 

Podrán solicitar estas ayudas:

  1. Para la línea de ayuda de modernización y mejora del comercio minorista, serán beneficiarios personas físicas o jurídicas, incluidas las comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica.
  2. Para la línea de promoción del comercio minorista, serán beneficiarios las asociaciones de comerciantes cuyos asociados sean personas físicas o jurídicas.

Requisitos: 

  • Que el ejercicio de la actividad económica y las actuaciones e inversiones objeto de subvención se realicen dentro del territorio de Castilla-La Mancha. 
  • Que las actuaciones subvencionables no se hayan iniciado con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud.
  • Que el importe total de la inversión subvencionable no sea inferior a 1.000 euros ni superior a 5.000 euros.

Gastos subvencionables: 

Línea 1: Modernización y mejora del comercio minorista

Los gastos subvencionables comprenderán:

  1. Obras de renovación, ampliación o acondicionamiento del establecimiento comercial.
  2. Inversiones en iluminación, decoración, pintura, escaparates, fachadas, o la eliminación de barreras arquitectónicas para facilitar el acceso de personas con movilidad reducida y las obras imprescindibles para estas actuaciones.
  3. Adquisición del equipamiento comercial específico y los bienes muebles especializados necesarios para el ejercicio de la venta, así como aquellos necesarios para el ahorro energético y para garantizar la seguridad de los establecimientos.
  4. Adquisición, instalación y montaje de equipamiento informático y/o tecnológico específico para la gestión empresarial, incluida la inversión en terminales de puntos de venta, balanzas electrónicas y similares.
  5. Adquisición e implantación de software específico directamente relacionado con el desarrollo de la actividad empresarial
  6. Desarrollo e implantación de una página web de comercio electrónico.
  7. Elaboración de un manual de identidad corporativa.

La cuantía máxima subvencionable no podrá superar el 70% del gasto subvencionable.

Línea 2: Promoción del comercio minorista

Los gastos subvencionables comprenderán:

  1. Acciones de animación comercia, publicidad, promoción de ventas y escaparatismo.
  2. Adquisición e instalación de proyectos globales de sistemas de entoldado o microclima.
  3. Puesta en marcha de programas de fidelización u otros proyectos funcionales de carácter colectivo cuya finalidad sea aumentar las ventas, atraer a nuevos consumidores y satisfacer la clientela.
  4. Instalación de una zona Wifi-gratuita de acceso controlado en su ámbito físico de ubicación, tanto para uso interno de las pymes comerciales como para uso de sus clientes.
  5. Desarrollo e implantación de una página web corporativa y/o de comercio electrónico.
  6. Adquisición, instalación y montaje de equipamiento informático y/o tecnológico necesario para el funcionamiento de la asociación.
  7. Adquisición e implantación de software específico directamente relacionado con el funcionamiento de la asociación.

La cuantía máxima subvencionable no podrá superar el 70% del gasto subvencionable.

Plazo de presentación de solicitudes: 24/04/2019 – 24/05/2019

Plazo de ejecución: Tendrá una duración máxima de tres meses a contar desde el día siguiente a la notificación de resolución de concesión.

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