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Procedimiento para solicitar las ayudas para la adquisición de elementos de protección sanitaria

Martes, 26 Mayo 2020

Se resume a continuación el procedimiento para solicitar las subvenciones para la adquisición de elementos de protección sanitaria en los establecimientos de comercio, hostelería y restauración, cuyo plazo de presentación se inicia el día 26 de mayo y finaliza el 25 de junio (salvo agotamiento del presupuesto), y que están reguladas por el Decreto 16/2020, de 19 de mayo de la Consejería de Economía, Empresas y Empleo. En nuestra sección de Normativa Empresarial puedes consultar las bases y los requisitos de estas ayudas, cuya cuantía máxima será de 400 euros por beneficiario, abonándose el importe realmente justificado.

Podrán ser beneficiarios las personas físicas o jurídicas que desarrollen en Castilla-La Mancha una actividad comercial incluida en alguno de los epígrafes del anexo III (puedes descargarlo en la parte inferior de esta noticia) o que sean titulares de bares, cafeterías o restaurantes incluidos en el Registro General de empresas, establecimientos, asociaciones de empresarios turísticos y entidades turísticas o empresariales de Castilla-La Mancha, que han visto suspendida su actividad durante el establecimiento del estado de alarma, y que para el reinicio de su actividad deban adaptarse a los protocolos sanitarios establecidos para cada uno de los sectores mencionados.

Las entidades beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos:

  1. Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como encontrarse al corriente en el pago de obligaciones por reintegro de subvenciones públicas.
  2. No estar incursa la persona física, los administradores o aquéllos que ostenten la representación legal de las personas jurídicas beneficiarias, en ninguno de los supuestos de incompatibilidad que contempla la Ley 11/2003, de 25 de septiembre, del Gobierno y del Consejo Consultivo de Castilla-La Mancha o en aquellos regulados en la legislación electoral de aplicación.
  3. No encontrarse incursas en ninguna de las otras circunstancias que determina el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
  4. Disponer de un plan de prevención de riesgos laborales, conforme a la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
  5. No haber sido sancionadas, en virtud de resolución administrativa o sentencia judicial firme, por la comisión de infracciones graves o muy graves en materia de prevención de riesgos laborales en el año anterior a la solicitud.
  6. Que el establecimiento esté ubicado en Castilla-La Mancha.
  7. No haber sido nunca objeto de sanciones administrativas firmes, ni de sentencias firmes condenatorias, por llevar a cabo prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 34 de la Ley 4/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de Género en Castilla-La Mancha.
  8. Disponer de un Plan de igualdad, cuando así lo establezca la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
  9. Incorporar en las mamparas, los dispensadores y los vinilos de señalización serigrafía con el logo institucional “nuestra salud está en tus manos”, que se podrán encontrar en la web institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

La solicitud se tiene que tramitar obligatoriamente de forma telemática y sólo se admitirá una única solicitud por beneficiario y establecimiento. El orden de prioridad para la adjudicación de las ayudas, se realizará en función del orden de la presentación de las solicitudes hasta agotar el crédito presupuestario establecido. Puedes acceder a la plataforma de solicitud a través de este enlace (clic aquí) y debes tener previamente digitalizada la factura y el justificante de pago (cumpliendo todos los requisitos) y el número de cuenta donde deben abonar la subvención, cuyo titular debe ser el solicitante de la ayuda.

Junto a la solicitud se debe aportar la siguiente documentación justificativa:

  1. La factura de adquisición e instalación de la actividad subvencionable, en la que se deberá identificar convenientemente lo siguiente:
    1. Datos del beneficiario (nombre y apellidos).
    2. Datos del domicilio de la empresa.
    3. Fecha y número de factura.
    4. La factura deberá cumplir además los siguientes requisitos:
      1. Deberá ir firmada y sellada expresamente por la empresa emisora.
      2. Deberá desglosar expresamente el importe del coste de la adquisición e instalación del resto de elementos no subvencionables que en su caso pudieran aparecer en la misma, desglosando a su vez, la inversión del IVA soportado, en relación a los costes subvencionables. En caso de no existir coste de instalación se deberá indicar expresamente.
      3. Deberá estar emitida dentro del periodo subvencionable (entre el 4 de mayo y el 25 de junio).
      4. No se admitirán facturas emitidas por empresas, entidades, sociedades o similares, en las que exista participación del beneficiario.
    5. Específicamente, en el caso de la adquisición o instalación de mamparas, la factura deberá identificar las medidas y características de la mampara instalada, así como el coste de la serigrafía del logo institucional de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha “nuestra salud está en tus manos”.
  2. El justificante del pago efectivo e íntegro de la factura o facturas presentadas, que deberá cumplir los siguientes requisitos:
    1. El pago deberá efectuarse en el periodo subvencionable y el justificante de este deberá ser conforme a lo establecido en este decreto.
    2. El pago solo se podrá realizar por el solicitante de la ayuda mediante transferencia bancaria o pago con tarjeta de crédito.
    3. Para el caso del pago mediante transferencia bancaria, se deberá aportar copia del resguardo de la transferencia sellado por la entidad bancaria emisora, debiendo figurar en el concepto de la misma, el número de factura o concepto abonado. En caso de que la transferencia bancaria se realice mediante banca electrónica, se deberá aportar resguardo de la citada transferencia y recibí de la empresa, firmado y sellado, en el que se indique al menos, nombre del solicitante de la ayuda que paga la actuación subvencionable y el número de factura.
    4. Si la forma de pago es el ingreso en cuenta directamente, se deberá realizar por el solicitante de la ayuda, debiendo presentar copia del resguardo del ingreso sellado por la entidad bancaria emisora en el que figure el nombre del solicitante que realiza el ingreso o persona autorizada, el número de factura o concepto abonado, y destinatario del pago.
    5. Para el caso del pago mediante tarjeta de crédito, se deberá aportar resguardo bancario (tique TPV legible) de la operación efectuada con la tarjeta de crédito cuyo titular debe ser el solicitante de la ayuda y recibí de la empresa, firmado y sellado, en el que se indique al menos el nombre del solicitante de la ayuda que paga la actuación subvencionable y el número de factura.
    6. No se admitirán pagos en metálico, ni pagos fraccionados o mediante contratos de financiación o similares.
    7. En cualquier caso, el solicitante de la ayuda debe ser el titular, cotitular o autorizado del número de cuenta bancaria desde el que se realiza el pago de la actuación subvencionable.
  3. En su caso, relación detallada de otros ingresos o subvenciones que hayan financiado la actividad subvencionada con indicación del importe y su procedencia.
  4. Documento del Anexo II-Cuenta Justificativa debidamente cumplimentado (se adjunta modelo).
  5. En su caso, documento de representación para aquellos casos en que se presente la solicitud por un representante sin certificado de representación (con certificado de persona física).

El incumplimiento, por parte del beneficiario, de lo establecido en el decreto originará el reintegro total o parcial de las cantidades que se hubieran recibido y la exigencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvención.

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