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Medidas Nivel II para Castilla-La Mancha. Covid-19 Resolución Consejería Sanidad

Lunes, 22 Febrero 2021

Ante la evolución de la pandemia provocada por el COVID-19, la Consejería de Sanidad, mediante Resolución de 20 de febrero (DOCM 21 de febrero) ha acordado para todo el territorio de Castilla-La Mancha, a excepción de los municipios de Iniesta en la provincia de Cuenca. El Casar, Sigüenza, Villanueva de la Torre en la provincia de Guadalajara. Casarrubios del Monte, Fuensalida, Noblejas, La Puebla de Montalbán, Santa Cruz de la Zarza, Torrijos y Valmojado, en la provincia de Toledo, que continúan en situación de NIVEL III. , con efectos del día 21 de febrero,  la aplicación de las siguientes medidas:

- Locales de ocio

- Cierre de hogares del jubilado y centros de sociedades recreativas y culturales.

- Supresión del servicio de barra en bares y restaurantes. En locales cerrados el aforo se reducirá al 50%. En espacios al aire libre el aforo será del 75% del máximo que tuvieran previamente establecido, manteniendo el resto de medidas en cuanto a distancia de seguridad. Igualmente se prohíbe el servicio a personas que no se encuentren sentadas en mesas, tanto en interior como en terrazas. 

Se entiende por espacio al aire libre todo espacio no cubierto o todo espacio que estando cubierto esté rodeado lateralmente por un máximo de dos paredes, muros o paramentos.

- Salas de bingo, casinos, salones recreativos, el aforo se limitará al 50% .

- Celebraciones posteriores a Bodas, bautizos y comuniones: Máximo 100 personas en espacios abiertos y 50 personas en espacios cerrados. Si estas celebraciones se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones no se podrá superar el número máximo de 6 personas.

Centros Socio-Sanitarios

- Suspensión de la actividad en centros de día de personas mayores y discapacitados, y de servicios de estancias diurnas de personas mayores.

- Se permite las visitas sociales en residencias de personas mayores, entradas y salidas de residentes bajo determinadas condiciones.

Actividades Religiosas:

- Lugares de culto en espacios cerrados: 40% aforo

- Lugares de culto al aire libre: Máximo 100 personas.

- Velatorios y cortejos fúnebres: Máximo 6 personas.

 - Consumo de Alcohol

- Prohibición total de consumo de alcohol en la vía pública.

- Medidas complementarias

- Suspensión de actividades colectivas de ocio, espectáculos y otros eventos que pudieran suponer la concentración de personas. Podrán celebrarse estas actividades siempre que no se supere el número máximo de 6 personas. 

- Espectáculos taurinos 50% de aforo con un máximo de 500 personas.

- Las competiciones deportivas de ámbito federativo podrán celebrarse con un aforo máximo del 30% en espacios cerrados con un máximo de 300 personas. En espacios abiertos 50% de aforo, con un máximo de 500 personas.

- Podrán celebrarse competiciones deportivas no federadas siempre que no se superen las 6 personas.

Suspensión de actividad en escuelas deportivas de cualquier titularidad.

- Cierre de piscinas municipales y otras instalaciones de este tipo para uso recreativo independientemente de su titularidad.  Se exceptúa su apertura y uso  para aquellos supuestos indicados por prescripción facultativa por problema de salud..

- Cierre de parques y jardines desde las 22 horas a las 8 horas. 

- Instalaciones deportivas de cualquier titularidad: Aforó máximo del 30% en espacios interiores y 60% en espacios exteriores.

- Cines, teatros y auditorios: Aforo máximo al 30%.

- Bibliotecas, Archivos y Museos: Aforo máximo al 50%.

- Cursos, congresos y seminarios: Aforo máximo de 30 personas, respetando en todo momento la ocupación máxima del recinto a un máximo del 50%

- Hoteles: Sólo podrán contratar el 75% de su capacidad. En zonas comunes el aforo se limita al 50%.

- Mercadillos: Reducción a 1/3 del número de puestos previamente establecidos. Se deberá guardar una distancia de 4 metros entre los puestos.

- Tiendas y Comercios: Mantenimiento de la distancia interpersonal de 1,5 metros dentro del establecimiento, además de otras medidas higiénicas (uso de mascarillas, gel, etc)

- Supermercados y Centros Comerciales: Limitarán su aforo al 50%, manteniendo las mismas condiciones de higiene que para el pequeño comercio.

 

 

 

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