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Resolución de 25/04/2022, de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral, convocatoria de subvenciones de las líneas de ayuda, del Programa C-LM Más Segura, para el ejercicio 2022

Viernes, 29 Abril 2022

(Actualización: ampliación de plazo de presentación hasta el 14 de junio incluido)

Se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla – La Mancha la Resolución de 25/04/2022, de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones de las líneas de ayuda, del Programa Castilla – La Mancha Más Segura, para el ejercicio 2022.

Incentivos a la contratación y al emprendimiento

Objeto: La presente resolución tiene por objeto convocar la concesión de subvenciones del Programa Castilla-La Mancha Más Segura, para el ejercicio 2022.

Procedimiento de concesión: Las ayudas concedidas en el marco de esta convocatoria tienen el carácter de ayudas de mínimis. El procedimiento de concesión de las ayudas comprendidas en la presente resolución se tramitará en régimen de concurrencia competitiva, mediante la comparación de las solicitudes presentadas.

Líneas de ayuda subvencionables:

  1. Línea 1 Inversión PRL. Tiene por objeto promover la realización de proyectos de inversión en instalaciones y equipos que mejoren las condiciones de seguridad y salud en los centros de trabajo, incluidos los proyectos de prevención y protección frente al riesgo biológico de contagio por COVID-19.
  2. Línea 2 Certifica PRL. Tiene por objeto promover la implantación y certificación de sistemas de gestión de la seguridad y salud en el trabajo, así como la renovación de esta certificación.
  3. Línea 3 Evaluación PRL. Su objeto es facilitar la evaluación de los riesgos derivados de la exposición por inhalación a agentes químicos peligrosos, que incluyan la medición de las concentraciones del agente en el aire.
  4. Línea 4 Investigación PRL. Su objeto es promover el desarrollo de proyectos de investigación orientados a la mejora de las condiciones de seguridad y salud Laboral.

Entidades beneficiarias:

  • Las personas físicas.
  • Las personas jurídicas privadas con ánimo de lucro.
  • Las entidades privadas sin ánimo de lucro.
  • Y las agrupaciones de cualquiera de ellas, siempre que todas tengan personas trabajadoras por cuenta ajena. En caso de agrupaciones, deberá nombrarse una persona representante o apoderada única de la agrupación.
  • Así mismo, podrán acceder: las comunidades de bienes, sociedades civiles o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, realicen alguna actuación subvencionable conforme a esta resolución y tengan personas trabajadoras por cuenta ajena.

Gastos subvencionables:

Para la Línea 1:

  1. Adaptación de equipos de trabajo a las disposiciones mínimas del Real Decreto 1215/1997.
  2. Adaptación de puestos de trabajo para trabajadoras embarazadas o en periodo de lactancia.
  3. Adquisición de equipos para el control de contaminantes químicos y físicos y disposición de espacios para guardar por separado la ropa de trabajo y de calle en actividades con exposición a agentes cancerígenos.
  4. Adquisición de unidades de descontaminación y sistemas de aspiración portátiles y fijos equipados con filtros HEPA de alta eficacia, afectos a trabajos con exposición a fibras de amianto.
  5. Inversiones destinadas a la adaptación ergonómica de puestos de trabajo, con la excepción de la adquisición de carretillas elevadoras, retráctiles o máquinas análogas.
  6. Inversiones para la protección de huecos, desniveles y zonas de trabajo con riesgo de caída en altura mediante barandillas, sistema tipo esclusa y pasarela para el acceso a cubiertas planas e inclinadas.
  7. Instalación de sistemas de toldo o lona enrollables – corredizos en remolques.
  8. Motorización de portones y puertas correderas o deslizantes, de desplazamiento horizontal hacia un lado y de puertas basculantes y plegadas verticales.
  9. Equipos de medición portátiles de lectura directa utilizados para facilitar el acceso a espacios confinados o similares.
  10. Adquisición de plataformas elevadoras móviles de personal del tipo 3ª.
  11. Adquisición de equipos auxiliares para manipulación de cargas con carretillas elevadoras.
  12. Elementos de segur4idad y protección propios de actividades de almacenamiento, como espejos, topes de retención y barandillas de separación de vías de circulación para personas.
  13. Señalización de seguridad.
  14. Mejora de iluminación en muelles y rampas de carga y descarga de vehículos.
  15. Instalación de mamparas o barreras físicas de protección a COVID-19.
  16. Adquisición de equipos para el control de contaminantes biológicos, incluido equipos o sistemas de desinfección frente a riesgo de COVID – 19 y equipos y dispositivos de medición de CO2 equipados con soporte o panel para instalación fija.
  17. Adaptación de elementos o instalaciones del centro de trabajo, para protección frente al riesgo de COVID-19, como mejora de las condiciones de ventilación o garantía de la distancia interpersonal.
  18. Adquisición de andamios de fachada.
  19. Adquisición de torres de acceso y torres de trabajo móviles.
  20. Adquisición de redes de seguridad.
  21. Adquisición de sistemas provisionales de protección de borde de las clases A, B y C.
  22. Adquisición de dispositivos de protección contra caídas en altura.
  23. Otras inversiones de carácter preventivo, no incluida en los anteriores epígrafes, expresa y debidamente justificadas por la organización preventiva de la entidad solicitante.

Línea 2.

  • Implantación de la norma ISO 45001 para sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
  • Certificación de la norma ISO 45001 para sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo.
  • Renovación de la norma ISO 45001 para sistemas de gestión de seguridad y salud en el trabajo.

Línea 3.

Serán subvencionables los gastos de laboratorio de higiene industrial correspondientes al análisis de las muestras de las mediciones de la exposición personal de los trabajadores, así como el coste de los soportes de captación de dichas muestras.

Línea 4.

  • Gastos del personal técnico investigador propio o contratado por la entidad solicitante, destinado a la ejecución del proyecto, con un máximo de 3 técnicos.
  • Asistencia técnica especializada y colaboraciones externas de centros tecnológicos y centros universitarios para la ejecución total o parcial del proyecto.

Plazos de ejecución. El plazo de ejecución y pago de los gastos subvencionables, por parte de las entidades beneficiarias, será el establecido en la resolución de concesión, debiendo estar comprendido entre el 1 de noviembre del 2021 y el 31 de octubre del 2022.

Cuantía de la subvención y gasto mínimo subvencionable.

Para todas las líneas de ayuda, la cuantía de la subvención será el 50% del coste de las inversiones o actuaciones subvencionables, siendo las cuantías máximas y los gastos mínimos subvencionables para cada una de las líneas de ayuda, los siguientes:

  1. Para la Línea 1, la cuantía subvencionable en ningún caso puede superar los 25.000 euros, por entidad beneficiaria y el gasto mínimo subvencionable será de 500 euros.
  2. Para la Línea 2, la cuantía subvencionable en ningún caso puede superar los 5.000 euros, por entidad beneficiaria y el gasto mínimo subvencionable será de 1.000 euros.
  3. Para la Línea 3, la cuantía subvencionables en ningún caso puede superar los 3.000 euros, por entidad beneficiaria y el gasto mínimo subvencionable será de 200 euros.
  4. Para la Línea 4, la cuantía subvencionable en ningún caso puede superar los 20.000 euros, por entidad beneficiaria y el gasto mínimo subvencionable será de 3.000 euros.

Forma y plazo de presentación de las solicitudes.

Las solicitudes se presentarán ante la persona titular de la Viceconsejería de Empleo, Diálogo Social y Bienestar Laboral, de forma telemática con firma electrónica, a través de los formularios incluidos en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (https://www.jccm.es) .

Las solicitudes se podrán presentar hasta el 14 de junio incluido. No serán admitidas a trámite las solicitudes presentadas fuera del plazo establecido, ni las presentadas por medios distintos al señalado anteriormente.

Se presentará una única solicitud por cada línea de ayuda y entidad interesada donde se recogerán todas las actuaciones a desarrollar dentro de la misma línea, pudiendo presentar, la misma entidad, solicitudes correspondientes a una o varias líneas de ayuda subvencionables.

Puedes consultar la Resolución completa y los trípticos informativos en la parte inferior de esta noticia.

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