+34 967 217 300  feda@feda.es

Real Decreto 1028/2022 Registro Contratos Alimentarios.

Miércoles, 11 Enero 2023

 

El BOE de 21 de diciembre de 2022 publicó el Real Decreto 1028/2022, por el que se desarrolla el registro de contratos alimentarios.

Objeto: el Real Decreto desarrolla el registro de contratos alimentarios de carácter digital, en el que se deberán inscribir, con carácter obligatorio, los contratos que se suscriban con los productores primarios y sus agrupaciones, en cumplimiento de la ley de medidas para mejorar para mejorar el funcionamiento de la cadena alimentaria.

Sujetos obligados:

  • los compradores que formalicen contratos con los productores primarios, y sus agrupaciones.
  • los primeros compradores de leche cruda a los ganaderos.
  • el integrador, cuando el contrato alimentario sea un contrato de integración.

Objeto de la inscripción: serán objeto de inscripción todos los contratos alimentarios que se suscriban entre los sujetos obligados y los productores primarios y las agrupaciones de éstos, sus modificaciones, así como los anexos e información complementaria.

 

Plazo para la inscripción de los contratos alimentarios y sus modificaciones:

la inscripción en el Registro de Contratos Alimentarios de cada contrato alimentario y de cada contrato de integración, sus anexos e información complementaria, deberá producirse antes de la entrega del producto objeto del contrato. En el caso de sus modificaciones, la inscripción en el Registro de Contratos Alimentarios deberá producirse antes de la entrega del producto afectado por dichas modificaciones.

Aplicación electrónica «Registro de Contratos Alimentarios»: la inscripción de los contratos alimentarios y sus modificaciones, anexos e información complementaria se realizará por vía electrónica mediante la aplicación electrónica denominada «Registro de Contratos Alimentarios» por parte de los sujetos que resulten obligados s

El acceso se realizará a través del portal de internet de la Agencia de Información y Control Alimentarios, O.A. (www.aica.gob.es).

La inscripción se podrá realizar desde el 31 de enero de 2023, pero no tendrá carácter obligatorio hasta el 30 de junio de 2023.

 

Puedes consultar el texto completo del Real Decreto en la parte inferior de esta noticia

Valora este artículo
(1 Voto)
Descargar archivos adjuntos:

Únete a nosotros! Escríbenos, llámanos al 967 217 300 o visítanos.