fbpx

 +34 967 217 300  feda@feda.es

Abierta convocatoria 2025 de Ayudas del Programa de Apoyo a la Digitalización ADELANTE-DIGITALIZACIÓN

Viernes, 21 Noviembre 2025

En el día de hoy, 21 de noviembre de 2025, se ha publicado en el DOCM la Resolución de 14/11/2025, de la Dirección General de Empresas, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa de Apoyo a la Digitalización Adelante-Digitalización, cofinanciable en el marco del Programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027, para el ejercicio 2025.

Estas ayudas tienen como finalidad el impulso de la competitividad a través de la transformación digital de las pymes de Castilla-La Mancha.

Dentro del programa, se abren las siguientes líneas de subvención:

  • Línea 1: Subvención para el apoyo a la digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios asociados al comercio electrónico o mejorar su posicionamiento.
  • Línea 2: Subvención para el apoyo a la transformación digital de la industria manufacturera de Castilla-La Mancha.

ACTUACIONES SUBVENCIONABLES

  1. Aplicaciones de gestión integrada de los procesos de la empresa para la transformación digital: ERP y aplicaciones de gestión logística interna y externa (SCM, SGA, MRP y CRM) o aplicaciones la gestión del ciclo de vida de productos y servicios de soporte remoto de productos (PLM, PDM, DFM).
  2. Herramientas y procesos de Business Intelligence: Sistemas orientados al análisis de información, visualización, herramientas e infraestructura de datos, además de prácticas recomendadas para ayudar a las empresas a tomar decisiones basadas en los datos.
  3. Sistemas de conectividad:Internet de las cosas (Iot), open data y blockchain. 
  4. Procesamiento de datos: Sistemas de gestión y almacenamiento de datos, data analytics, big data, Inteligencia artificial y machine learning. 
  5. Hibridación mundo físico y digital: Realidad virtual, realidad aumentada, realidad mixta, robótica, drones y fabricación aditiva. 
  6. Ciberseguridad: Implementación de dispositivos de seguridad perimetral y de otros dispositivos industriales como switches, sondas, Appliances, firewalls industriales PLCs o asimilados.
  7. Servicios en la nube que cubran las diferentes necesidades de la empresa referidas: Infraestructuras como servicio (IaaS) plataforma como servicio (PaaS) software como servicio (SaaS), contenedor como servicio (CaaS) funciones como servicio (FaaS) y otros servicios en la nube. 
  8. Otras actuaciones o tecnologías concretas que acrediten la consecución del objetivo de la digitalización debiendo justificarse convenientemente en la memoria.

GASTOS SUBVENCIONABLES

  1. Gastos de consultoría y servicios equivalentes realizados por empresas especializadas de alguna de las actuaciones subvencionables. En todo caso concluirá con un informe técnico que deberá elaborarse de manera personalizada, identificando a la entidad beneficiaria de las ayudas, fechado y firmado por la empresa consultora en el plazo de ejecución de las actuaciones.  Estos gastos solo serán subvencionables si van asociados a gastos relacionados en los párrafos b) y c).
  2. Implantación y desarrollo de las actuaciones subvencionables, realizados por empresas especializadas
  3. Equipos, software y activos inmateriales. Solo serán subvencionables cuando impliquen nuevas funcionalidades y no la mera reposición de equipos y aplicaciones.  Será subvencionable el software evolutivo no siendo elegible el correctivo ni los gastos asociados de mantenimiento. 
  4. Los costes indirectos se calcularán, sin aportar justificante de gasto, aplicando un porcentaje del 5 por ciento sobre gastos los gastos directos relacionados en los párrafos a), b) y c) válidamente justificados.

BENEFICIARIOS

Podrán ser beneficiarias las pymes (incluidas las comunidades de bienes).

CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN

  • Línea 1 DIGITALIZACIÓN – Comercio electrónico. Serán subvencionables proyectos con una inversión mínima de 2.000€. La intensidad de la ayuda será del 70%, siendo el importe máximo subvencionable de 15.000€
  • Línea 2 TRANSFORMACIÓN DIGITAL – Industria manufacturera. Serán subvencionables proyectos con una inversión mínima de 15.000€. La intensidad de la ayuda será del 50% para Micro y pequeñas empresas y del 40% para medianas empresas, siendo el importe máximo subvencionable de 120.000€

PLAZO DE SOLICITUDES

El plazo de solicitudes comenzará el 22 de noviembre de 2025 y finalizará el 21 de enero de 2026.

Puedes presentar tu solicitud de forma telemática a través del siguiente enlace: Detalle del trámite | Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha .

Puedes descargarte la convocatoria en el pie de esta noticia. 

Para cualquier consulta sobre proyectos de este tipo, ponerse en contacto con el Servicio de FEDA Apoyo a la Inversión preguntando por Laura García en el 967 21 73 00 o enviando un email a innovacion@feda.es 

Valora este artículo
(1 Voto)
Etiquetado como
Descargar archivos adjuntos:

Únete a nosotros! Escríbenos, llámanos al 967 217 300 o visítanos.