En el día de hoy, 21 de noviembre de 2025, se ha publicado en el DOCM la Resolución de 14/11/2025, de la Dirección General de Empresas, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas del Programa de Apoyo a la Digitalización Adelante-Digitalización, cofinanciable en el marco del Programa Feder de Castilla-La Mancha 2021-2027, para el ejercicio 2025.
Estas ayudas tienen como finalidad el impulso de la competitividad a través de la transformación digital de las pymes de Castilla-La Mancha.
Dentro del programa, se abren las siguientes líneas de subvención:
- Línea 1: Subvención para el apoyo a la digitalización de las pymes mediante la implantación de servicios asociados al comercio electrónico o mejorar su posicionamiento.
- Línea 2: Subvención para el apoyo a la transformación digital de la industria manufacturera de Castilla-La Mancha.
ACTUACIONES SUBVENCIONABLES
- Aplicaciones de gestión integrada de los procesos de la empresa para la transformación digital: ERP y aplicaciones de gestión logística interna y externa (SCM, SGA, MRP y CRM) o aplicaciones la gestión del ciclo de vida de productos y servicios de soporte remoto de productos (PLM, PDM, DFM).
- Herramientas y procesos de Business Intelligence: Sistemas orientados al análisis de información, visualización, herramientas e infraestructura de datos, además de prácticas recomendadas para ayudar a las empresas a tomar decisiones basadas en los datos.
- Sistemas de conectividad:Internet de las cosas (Iot), open data y blockchain.
- Procesamiento de datos: Sistemas de gestión y almacenamiento de datos, data analytics, big data, Inteligencia artificial y machine learning.
- Hibridación mundo físico y digital: Realidad virtual, realidad aumentada, realidad mixta, robótica, drones y fabricación aditiva.
- Ciberseguridad: Implementación de dispositivos de seguridad perimetral y de otros dispositivos industriales como switches, sondas, Appliances, firewalls industriales PLCs o asimilados.
- Servicios en la nube que cubran las diferentes necesidades de la empresa referidas: Infraestructuras como servicio (IaaS) plataforma como servicio (PaaS) software como servicio (SaaS), contenedor como servicio (CaaS) funciones como servicio (FaaS) y otros servicios en la nube.
- Otras actuaciones o tecnologías concretas que acrediten la consecución del objetivo de la digitalización debiendo justificarse convenientemente en la memoria.
GASTOS SUBVENCIONABLES
- Gastos de consultoría y servicios equivalentes realizados por empresas especializadas de alguna de las actuaciones subvencionables. En todo caso concluirá con un informe técnico que deberá elaborarse de manera personalizada, identificando a la entidad beneficiaria de las ayudas, fechado y firmado por la empresa consultora en el plazo de ejecución de las actuaciones. Estos gastos solo serán subvencionables si van asociados a gastos relacionados en los párrafos b) y c).
- Implantación y desarrollo de las actuaciones subvencionables, realizados por empresas especializadas.
- Equipos, software y activos inmateriales. Solo serán subvencionables cuando impliquen nuevas funcionalidades y no la mera reposición de equipos y aplicaciones. Será subvencionable el software evolutivo no siendo elegible el correctivo ni los gastos asociados de mantenimiento.
- Los costes indirectos se calcularán, sin aportar justificante de gasto, aplicando un porcentaje del 5 por ciento sobre gastos los gastos directos relacionados en los párrafos a), b) y c) válidamente justificados.
BENEFICIARIOS
Podrán ser beneficiarias las pymes (incluidas las comunidades de bienes).
CUANTÍA DE LA SUBVENCIÓN
- Línea 1 DIGITALIZACIÓN – Comercio electrónico. Serán subvencionables proyectos con una inversión mínima de 2.000€. La intensidad de la ayuda será del 70%, siendo el importe máximo subvencionable de 15.000€
- Línea 2 TRANSFORMACIÓN DIGITAL – Industria manufacturera. Serán subvencionables proyectos con una inversión mínima de 15.000€. La intensidad de la ayuda será del 50% para Micro y pequeñas empresas y del 40% para medianas empresas, siendo el importe máximo subvencionable de 120.000€
PLAZO DE SOLICITUDES
El plazo de solicitudes comenzará el 22 de noviembre de 2025 y finalizará el 21 de enero de 2026.
Puedes presentar tu solicitud de forma telemática a través del siguiente enlace: Detalle del trámite | Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha .
Puedes descargarte la convocatoria en el pie de esta noticia.
Para cualquier consulta sobre proyectos de este tipo, ponerse en contacto con el Servicio de FEDA Apoyo a la Inversión preguntando por Laura García en el 967 21 73 00 o enviando un email a innovacion@feda.es
