fbpx

 +34 967 217 300  feda@feda.es

Publicada Orden 168/2025, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, que modifica Orden 86/2024, bases reguladoras de subvenciones para tratamientos silvícolas de mejora de masas en resinación y acondicionamiento de futuras masas de resinación.

Martes, 25 Noviembre 2025

Se ha publicado la Orden 168/2025, de la Consejería de Desarrollo Sostenible, por la que se modifica la Orden 86/2025, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones de tratamientos silvícolas de mejora de masas de resinación y acondicionamiento de futuras masas de resinación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se efectúa su convocatoria para 2024.

Objeto y finalidad. El objeto de esta orden establecer las bases reguladoras y realizar la convocatoria, para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para la financiación de tratamientos silvícolas para mejora de masas en resinación y acondicionamiento de futuras masas para su puesta en resinación en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resilencia financiado por la Unión Europea – Next Generation EU.

La finalidad de estas ayudas es potenciar las masas de Pinus pinaster para los trabajos de resinación, con la realización del acondicionamiento de masas, para aumentar la productividad de las mismas y facilitar los trabajos de resinación.

El ámbito de actuación es la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.

Actuaciones subvencionables. Estas ayudas irán dirigidas a financiar los proyectos que tengan por objeto la realización de tratamiento silvícolas encaminados al acondicionamiento de matas de Pinus pinaster en resinación, y fututas masas en resinación incluyendo las siguientes acciones:

  • Desbroces.
  • Clareos.
  • Podas.
  • Eliminación de restos.

Gastos subvencionables. Se consideran subvencionables aquellos costes que de modo indubitado respondan a la naturaleza de la actuación subvencionada, resulten estrictamente necesarios y se realicen dentro del plazo establecido en la resolución estimatoria de la subvención, y en todo caso, con anterioridad a la finalización del plazo concedido para la justificación de la subvención y se hallen incluidos en los módulos establecidos en el Anexo I.

Se incluirán entre los costes subvencionables el importe de las memorias  técnicas que acompañan a las solicitudes, así como el importe correspondiente a los carteles informativos necesarios para el cumplimiento con el artículo 33 de la presente orden de bases, con las cantidades establecidas en los módulos establecidos en el Anexo I

Personas beneficiarias:

  1. Las personas físicas o agrupaciones de personas físicas, titulares de explotaciones resineras, afiliadas a la Seguridad Social como trabajadores/as autónomos/as en CNAE 01 y CNAE 02.
  2. Las agrupaciones para realizar en común todas las actuaciones previstas en esta orden, tendrán que nombrar como representante a una de las personas miembros de la agrupación.
  3. Las personas jurídicas legalmente constituidas, titulares de explotaciones resineras, que cuenten con un establecimiento válidamente constituido en la Comunidad de Castilla-La Mancha.
  4. Las entidades locales y las personas físicas o jurídicas, titulares de montes con masas de Pinus pinaster, en los que se desarrollen explotaciones resineras.
  5. Las entidades locales y las personas físicas o jurídicas, titulares de montes con masas de Pinus pinaster, sin aprovechamiento resinero cuya superficie cumpla los requisitos establecidos en el artículo 9c.

Requisitos de las actuaciones subvencionables.

  1. Llevar a cabo actuaciones sobre una superficie igual o superior a 5 ha continuas.
  2. En caso de que la persona solicitante no sea propietaria de los terrenos objeto de subvención, estar en posesión de las autorizaciones pertinentes de la persona titular de la propiedad para la realización de los trabajos, con anterioridad a la presentación de las solicitudes.
  3. En el caso de superficies de masas de Pinus pinaster sin resinar, que se encuentren caracterizadas como superficie potencial resinable, según el informe “Estudio y caracterización de los pinares de Pinus pinaster Ait. En la comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha con potencial resinero”

Plazo de ejecución, justificación y comprobación.

Comunicación del inicio de las actuaciones. Las actuaciones concedidas no podrán estar iniciadas con anterioridad a la notificación a la persona beneficiaria de la resolución de concesión de ayuda. La persona beneficiaria deberá comunicar a la Dirección General la fecha del inicio de la ejecución de las actuaciones objeto de ayuda al menos diez días antes de su comienzo conforme al modelo disponible en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.

Plazo de ejecución. La Orden 86/2024, establece en su artículo 26.2 el plazo máximo de ejecución de los trabajos de ejecución, quedando fijado este en el 30 de noviembre de 2025. Pero, debido a las características particulares del tipo de actuaciones que requieren de unas condiciones ambientales precisas (no pudiendo ejecutar los trabajos en días de lluvia o en épocas de riesgo alto de incendio) y teniendo en cuenta que el inicio de las actuaciones en la mayoría de los expedientes se ha realizado con posterioridad a las épocas de riesgo alto de incendio, la ejecución de los mismos se extiende a períodos en los que la climatología puede comprometer la ejecución de las actuaciones subvencionadas. Por ello, resulta necesario modificar los plazos de finalización de dichas actuaciones, ampliándose hasta el 28 de febrero de 2026.

Los trabajos objeto de subvención se podrán realizar desde el día siguiente al de la notificación de la resolución de concesión de la ayuda, una vez realizada la comunicación de inicio de las actuaciones y hasta el 28 de febrero de 2026.

La presente orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

En la parte inferior de esta noticia puedes descargarte la Orden 86/2024 y la Orden 168/2025 de la Consejería de Desarrollo Sostenible.

Valora este artículo
(1 Voto)
Descargar archivos adjuntos:

Únete a nosotros! Escríbenos, llámanos al 967 217 300 o visítanos.