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Restricciones circulación Cataluña 2026

Miércoles, 18 Marzo 2026

El Boletín Oficial del Estado publicó este 16 de marzo, la Resolución del Servicio Catalán de Tráfico que establece las restricciones a la circulación aplicables en la región durante este 2026. De acuerdo con el Artículo 5 del Texto Refundido de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial (Real Decreto Legislativo 6/2015) y los Artículos 39.1 a 39.4 del Reglamento General de Circulación (RD 1428/2003), se establecen restricciones temporales o permanentes a la circulación de vehículos para garantizar la movilidad, fluidez y seguridad vial-

Se aplican restricciones a:

  1. Vehículos de transporte de mercancías en general con MMA o MMC superior a 7.500 kg.
  2. Conjuntos euromodulares, vehículos en régimen de transporte especial, vehículos especiales y vehículos que transporten mercancías peligrosas (ADR).
  3. Tramos específicos de autopistas, autovías, carreteras nacionales y accesos a Barcelona, Costa Brava y Pirineos.
  4. Restricciones generales por tipo de vehículo

. Vehículos de mercancías >7.500 kg

  • Deben usar autopistas o autovías salvo para carga, descarga, descanso o reparaciones.
  • Conjuntos euromodulares restringidos en AP-7 Maçanet → L’Hospitalet de l’Infant:
    • Viernes tarde 17–22 h
    • Sábado mañana 10–14 h
    • Domingo tarde 17–22 h
    • Se aplican también en puentes, festivos y vísperas.
  • Están exentos vehículos que cumplan Anexo B (alimentos, productos esenciales, ganadería, correos, medicamentos refrigerados, etc.).
  • Vehículos en régimen de transporte especial y especiales
  • Vísperas de festivos miércoles/jueves: 16–24 h
  • Domingos y festivos: 8–24 h (no sábados)
  • Festivos consecutivos: primer día 8–15 h, último 8–24 h, víspera 16–24 h
  • Restricciones adicionales por dimensiones superiores al ancho del carril en AP-7 tramos de Barberà del Vallès y Tarragona (6–10 h y 16–20 h, lunes a viernes).

 Transporte de mercancías peligrosas (ADR)

  • Aplican las mismas restricciones generales que los especiales.
  • Deben circular preferentemente por vías desdobladas y tramos seguros indicados en Anexo D.
  • Se deben respetar siempre las señales R-108, R-109 y R-110 y las normas ADR de túneles.

Restricciones por condiciones meteorológicas o emergencia

  • Niebla, lluvia intensa, viento fuerte, nieve:
    • Autobuses y vehículos >7.500 kg circulan por carril derecho
    • Prohibido adelantar a vehículos lentos o parados
  • Activación de planes de protección civil puede restringir circulación de vehículos ADR o articulados, obligando a estacionamiento seguro.

Restricciones por carriles bus-VAO y bus

  • C-58CC, C-31 norte, B-23:
    • Solo turismos ≥2 ocupantes, mixtos adaptables, motos, transporte de viajeros autorizado.
    • Vehículos >7.500 kg no pueden circular.
    • Excepciones: policía, bomberos, protección civil y asistencia en carretera.
  • Vehículos ≤3.500 kg con distintivo ambiental 0 o ECO pueden usar carriles bus-VAO.

Restricciones en accesos a Arán

  • N-230: PK 116 Lleida → PK 187 frontera Francia
  • C-28: PK 23 Vielha e Mijaran → PK 34 Salardú
  • Horarios y sentidos según fechas festivas y periodos de vacaciones.
  • Exenciones: productos perecederos (ATP), desplazamiento a base de la empresa o residencia habitual del conductor.

Restricciones permanentes en carreteras seleccionadas PUEDE DESCARGAR LA TABLA en la parte inferior de esta noticia.  

Exenciones: carga/descarga, base de empresa, reparación, asistencia en carretera o autorización especial.

 Restricciones para obras, conservación y mantenimiento

  • No se permiten trabajos que ocupen carriles o arcenes en los tramos del Anexo A en horarios críticos:
    • Laborables: 6–22 h
    • Sábados: 10–14 h
    • Domingos y festivos: 17–22 h
  • En operaciones especiales de tráfico (salidas y regresos masivos) se amplía el perímetro: B-40, C-58, C-16.
  • Excepciones por urgencia justificada documentada.

 Limitaciones adicionales

  • Vehículos y autobuses ≥7.500 kg: 80 km/h máximo
  • Euromodulares: derecha obligatoria, sin adelantar
  • AP-7 Sant Celoni → Vilafranca del Penedès: restricciones específicas viernes, sábados y domingos según tabla de días festivos (M: 10–14 h, T: 17–22 h, D: 10–22 h)
  • A-2 Igualada → Martorell: domingos 17–22 h, sentido Barcelona

Tramos de red viaria con restricciones principales (Anexo A)

  • Red internacional: AP-7, A-2, AP-2, A-7
  • Red de accesos Barcelona: C-31, C-32, B-23, A-2, C-58, B-24, C-33, C-16
  • Costa Brava: C-63, GI-681, GI-682, C-35
  • Pirineos: N-145, C-14, N-260

 Sanciones y medidas cautelares

  • Incumplimiento: denuncias según Ley 14/1997 y legislación vigente.
  • Mossos d’Esquadra puede detener, inmovilizar o retirar vehículos que generen riesgo o perturben la circulación.

Vigencia

  • Esta circular entra en 8 días tras publicación en DOGC y será efectiva hasta 31 de diciembre de 2026, prorrogable hasta la publicación de la resolución de 2027.

Puede descargar la resolución en la parte inferior de esta noticia.

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