El Gobierno aprueba el Real Decreto 487/2026 que flexibiliza la formación CAP: se incorpora el aula virtual y se elimina la obligatoriedad del control biométrico
El Boletín Oficial del Estado ha publicado el Real Decreto 487/2026, de 17 de junio (BOE-A-2026-13203), por el que se modifica el Real Decreto 284/2021, regulador de la cualificación inicial y la formación continua de los conductores profesionales de determinados vehículos destinados al transporte por carretera (CAP).
La norma fue aprobada por el Consejo de Ministros el pasado 16 de junio de 2026, a propuesta del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, y entrará en vigor el próximo 18 de septiembre de 2026.
Objetivo de la reforma
Según recoge el propio texto legal, la reforma tiene como finalidad adaptar el sistema de cualificación inicial y formación continua de los conductores profesionales a las nuevas realidades tecnológicas, sociales y normativas, incorporando además al ordenamiento español la Directiva (UE) 2022/2561 relativa a la formación de conductores profesionales de mercancías y viajeros por carretera.
Asimismo, la nueva regulación pretende:
- Facilitar el acceso a la profesión.
- Modernizar la formación CAP.
- Impulsar la digitalización del sector.
- Reducir cargas administrativas.
- Combatir el fraude en la formación.
Principales novedades de la nueva normativa CAP
1. El aula virtual se incorpora de forma permanente
La principal novedad de la reforma es la regulación definitiva del sistema de aula virtual, que deja de estar limitado a situaciones excepcionales como ocurrió durante la pandemia. El nuevo Capítulo IX del Real Decreto 284/2021 (artículos 22 a 25) permite impartir parte de la formación inicial CAP mediante plataformas online en directo.
Las empresas CAP podrán impartir:
- Hasta 166 horas online en el CAP inicial ordinario.
- Hasta 92 horas online en el CAP acelerado.
La formación deberá realizarse mediante plataformas telemáticas con conexión simultánea entre profesores y alumnos.
No obstante:
- Las clases prácticas seguirán siendo obligatoriamente presenciales.
- Los exámenes continuarán realizándose de forma presencial.
Además, los alumnos deberán mantener la cámara conectada durante toda la sesión formativa.
2. Fin de la obligatoriedad de los sistemas biométricos
La nueva normativa elimina la obligación de utilizar sistemas biométricos para controlar la asistencia a los cursos CAP, tras los criterios establecidos por la Agencia Española de Protección de Datos.
A partir de ahora podrán utilizarse:
- Hojas de firmas.
- Registros digitales.
- Otros sistemas de control compatibles con la normativa de protección de datos.
Como consecuencia, queda derogada la Resolución de 23 de julio de 2020 de la Dirección General de Transporte Terrestre relativa al uso obligatorio de sistemas biométricos.
3. Mayor control e inspección de los cursos CAP
La reforma endurece los mecanismos de control sobre los centros de formación CAP.
Entre las nuevas medidas destacan:
- Inspecciones presenciales obligatorias.
- Supervisión en tiempo real de las clases online.
- Registro automático de conexiones y asistencia.
- Conservación de registros y actividad durante dos años.
Las empresas CAP deberán permitir el acceso telemático en tiempo real a los Servicios de Inspección de Transporte Terrestre.
4. Mayor control contra el fraude en los exámenes
El nuevo artículo 18 introduce medidas más estrictas contra el fraude en los exámenes CAP.
Los aspirantes que utilicen dispositivos de intercomunicación u otros materiales no autorizados podrán:
- Ser expulsados inmediatamente del examen.
- Quedar un año sin poder presentarse nuevamente a las pruebas CAP.
También se endurecen las sanciones para los centros de formación que incumplan las obligaciones de asistencia, control o comunicación administrativa.
5. Actualización del programa formativo CAP
El Real Decreto actualiza completamente el Anexo I para adaptarlo a la Directiva (UE) 2022/2561 y a las nuevas tecnologías aplicadas al transporte.
Entre los nuevos contenidos destacan materias relacionadas con:
- Conducción eficiente y sostenible.
- Seguridad vial avanzada.
- Tacógrafo inteligente.
- Sistemas electrónicos de ayuda a la conducción.
- Riesgos laborales y ergonomía.
- Transporte inteligente y digitalización.
6. Nuevos requisitos para las empresas CAP
Las empresas que impartan formación mediante aula virtual deberán cumplir nuevos requisitos técnicos y de control establecidos en el artículo 24. Entre ellos:
- Disponer de un registro automático de conexiones y actividad.
- Conservar dichos registros durante dos años.
- Permitir el acceso en tiempo real de los servicios de inspección a las clases online.
7. Ampliación de las exenciones del CAP
La nueva regulación amplía determinados supuestos exentos de CAP, especialmente en actividades complementarias y transportes privados.
Entre otros casos:
- Vehículos agrícolas y ganaderos en radios limitados.
- Transporte complementario ocasional.
- Venta ambulante.
- Actividades donde la conducción no sea la actividad principal del trabajador.
8. Formación online en situaciones excepcionales
La Administración podrá autorizar temporalmente formación CAP virtual adicional en casos de:
- Fenómenos meteorológicos extremos.
- Emergencias.
- Catástrofes naturales.
- Crisis sanitarias.
Régimen transitorio
Los cursos CAP iniciados o convocados antes de la entrada en vigor del Real Decreto continuarán rigiéndose por la normativa anterior.
Puede descargar el Real Decreto publicado y el texto refundido del Real Decreto 284/2021 adjunto en la parte inferior de esta noticia.
