Con fecha 23 de julio de 2026 se ha publicado en el BOE, el Real Decreto 609/2026, por el que se regula la concesión de ayudas a la compra de vehículos eléctricos y electrificados (Programa AUTO +).
El objeto del Real Decreto es establecer las bases reguladoras para la concesión de las ayudas a la adquisición de vehículos eléctricos y electrificados.
El programa se articula en dos líneas de actuación:
- Línea 1: adquisición de vehículos por parte de personas físicas sin actividad económica en régimen de propiedad.
- Línea 2: adquisición de vehículos por personas física o jurídicas, que realicen actividad económica, en régimen de propiedad, leasing o renting.
Beneficiarios:
- Línea 1: personas físicas sin actividad económica.
- Línea 2: personas físicas o jurídicas que realicen una actividad económica:
- Todo tipo de empresas con personalidad jurídica propia
- Las personas físicas que desarrollen actividades económicas, por las que ofrezcan bienes o servicios en el mercado, que deberán estar dados de alta en el Régimen de autónomos.
- No podrán ser beneficiarios aquellas personas físicas o jurídicas cuyo IAE coincida con los epígrafes 615.1 o 654.1
Se aplicarán las ayudas a las compras realizadas desde el 1 de enero de 2026, una vez que se publique la convocatoria.
Presentación de solicitudes:
- El plazo de presentación de solicitudes será acorde a lo dispuesto en cada convocatoria y no podrá ser superior al 15 de octubre de 2026.
- El órgano gestor es la Dirección General de Programas Industriales-
- La solicitud se presentará por el beneficiario o un representante nombrado al efecto de manera telemática.
Anexo I del Real Decreto, recoge los vehículos subvencionables.
Anexo II. Importes de ayuda para la línea 1.
Anexo III. Importes de ayuda para la línea 2.
Puedes consultar el texto íntegro del Real Decreto y el documento de preguntas y respuestas, en los documentos adjuntos en la parte inferior a esta noticia.
