Escrito por Evelin Molano
REGISTRO RETRIBUTIVO
¿El registro retributivo es obligatorio para todas las empresas?
Sí, todas las empresas, independientemente de su tamaño, deben contar con un registro retributivo actualizado (art. 28 ET).
¿Qué debe incluir el registro retributivo?
Debe estar desagregado por sexo, e incluir, de forma separada:
- Salario base
- Cada uno de los complementos salariales
- Cada una de las percepciones extrasalariales
- Distribución según el sistema de clasificación aplicable (por ej. categoría profesional)
- Medias y medianas aritméticas
- Justificación objetiva de las brechas que superen el 25%
Además, en caso de contar con un plan de igualdad el registro retributivo deberá contener adicionalmente la distribución según las agrupaciones obtenidas en la valoración de puestos de trabajo.
El formato del registro puede ser el establecido en la web oficial del Ministerio de Trabajo y del Ministerio de Igualdad. Descarga AQUÍ.
Fundación Concilia2, organización sin ánimo de lucro, de ámbito nacional de nuestro partner estratégico de FEDA para el servicio de asesoramiento en materia de igualdad Concilia2, presenta el Programa EQuiSal, un servicio dirigido a empresas de Castilla-La Mancha a través del cual elabora registros retributivos, auditorías salariales y/o valoraciones de puestos de trabajo.
Un servicio integral y gratuito, disponible hasta el 31 de diciembre de 2024, financiado por el Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha, organismo adscrito a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha.
