Publicación de la Ley 5/2025, de 24 de julio de 2025, por la que se modifica el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, y la Ley 20/2015 de ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras, ha introducido una modificación estructural del régimen jurídico del seguro obligatorio de responsabilidad civil, ampliando de forma expresa su ámbito de aplicación a las carretillas elevadoras y determinados equipos de manutención.
Principales cambios:
Se modifican los conceptos de “vehículo a motor” y circulación de vehículos a efectos del seguro obligatorio, tal como establece la Directiva que se transpone 2021/2118.
Definición de vehículo a motor:
- Todo vehículo automóvil accionado exclusivamente mediante una fuerza mecánica que circula por el suelo y que no utiliza una vía férrea, con:
- Una velocidad máxima de fabricación superior a 25 km/h., o
- Un peso máximo superior a 25 kg y una velocidad máxima de fabricación superior a 14 km/h.
- Todo remolque y semirremolque destinado a ser utilizado con uno de los vehículos a los que se refiere la letra a), tanto enganchado como no enganchado.
