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DECRETO 43/2020 CONCESION DIRECTA DE SUBVENCIONES PARA CUALIFIACION Y LA INSERCIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS EN EL MERCADO LABORAL

Viernes, 14 Agosto 2020

El presente Decreto tiene por objeto aprobar y efectuar, para el ejercicio 2020, la convocatoria de subvenciones a las empresas y entidades sin ánimo de lucro por la realización de contratos para la formación y el aprendizaje, contratos en prácticas, contratos de relevo, así como la transformación en contratos indefinidos de estos contratos y de los contratos de trabajadores/as en procesos de inserción en empresas de inserción

Las acciones recogidas en este decreto, dirigidas a personas jóvenes destinatarias del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, podrán ser objeto de cofinanciación mediante el Programa Operativo de Empleo Juvenil. De igual modo, las transformaciones en contratos indefinidos serán objeto de cofinanciación a través del Programa Operativo Fondo Social Europeo de Castilla-La Mancha 2014-2020.

PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

El plazo máximo de presentación de solicitudes se extenderá desde el 11 de Agosto de 2020, hasta el 30 de octubre de 2020.

Objeto: 

Ayudas para la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje, cuyo objeto es favorecer la inserción laboral de las personas jóvenes mediante su cualificación profesional en un régimen de alternancia de actividad laboral retribuida en las empresas. 

SUBVENCIÓN POR LA FORMALIZACION DE CONTRATO PARA LA FORMACION Y EL APRENDIZAJE

Destinatarios: 

Son subvencionables la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje cuyo puesto de trabajo se genere en Castilla-La Mancha y para:

a) Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, con fecha anterior al inicio de la relación laboral, teniendo en cuanta que desde el 1 de enero de 2019 los contratos para la formación y el aprendizaje deben formalizarse con personas mayores de 16 y menores de 25 años, salvo las excepciones establecidas en el Estatuto de los Trabajadores.

b) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género que, con anterioridad al inicio de la relación laboral, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha y que deberán ser mayores de 16 y menores de 30 años.

c) Personas con discapacidad que, con anterioridad al inicio de la relación laboral, se encuentren desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha. A los efectos de este decreto, son personas con discapacidad aquellas que tengan reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.

d) Personas en situación de exclusión social. A los efectos de este decreto, son personas en situación de exclusión social aquellas que tengan acreditada dicha situación por los servicios sociales competentes. En todo caso, con anterioridad al inicio de la relación laboral, deben estar desempleadas e inscritas como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo de Castilla-La Mancha.

AUTORIZACIÓN DE INICIO DE LA ACTIVIDAD FORMATIVA

Antes de solicitar la subvención es necesario formalizar el contrato, siempre que se cuente con la  autorización de inicio de la actividad formativa

Una vez autorizado el inicio de la actividad formativa, se procederá a la formalización del contrato y del anexo relativo al acuerdo para la actividad formativa, en los términos establecidos en el artículo 7 del Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre.

Requisitos: 

Será subvencionable la formalización de los contratos para la formación y el aprendizaje, regulados en el artículo 11.2 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, siempre que dicha contratación cumpla los requisitos establecidos en el decreto

Importe: 

La subvención es de 5.140,00 euros por contrato. 

La cuantía de la subvención se incrementará en 700,00 euros, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:

a) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.

b) Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

c) Personas en riesgo de exclusión social, así como aquellas que formen parte de unidades familiares incluidas en el plan integral de garantías ciudadanas de C-LM.

 La cuantía se incrementará en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en municipios incluidos en el Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de C-LM para el período de programación 2014-2020, así como en los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en CLM.

Documentación a aportar: 

Las solicitudes se formalizarán mediante la cumplimentación de los modelos normalizados de solicitud Anexo IA, así como el Anexo II, junto con el resto de documentación exigida en el mismo. La acreditación del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario de las ayudas se realizará mediante la cumplimentación y de conformidad con los citados Anexos.

SUBVENCION POR LA FORMALIZACION DE CONTRATOS EN PRÁCTICAS

Objeto: 

Ayudas para la formalización de contratos en prácticas. Su objeto es facilitar un primer empleo de calidad a personas jóvenes desempleadas que tengan una cualificación profesional.

 Destinatarios: 

Los contratos en prácticas objeto de subvención se podrán formalizar con las personas que a continuación se relacionan:

a) Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas como desempleadas en alguna oficina de empleo de Castilla-La Mancha y en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

b) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género. 

c) Personas con discapacidad.

d) Personas en riesgo de exclusión social, así como aquellas que formen parte de unidades familiares incluidas en el plan integral de garantías ciudadanas de Castilla-La Mancha.

Requisitos: 

El contrato debe suscribirse con jóvenes que estén en posesión de título universitario o de formación profesional de grado medio o superior o títulos oficialmente reconocidos como equivalentes, de acuerdo con las leyes reguladoras del sistema educativo vigente, o de certificado de profesionalidad de acuerdo con lo previsto en la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, que habiliten para el ejercicio profesional, dentro de los cinco años, o de siete años cuando el contrato se concierte con un trabajador con discapacidad, siguientes a la terminación de los correspondientes estudios.

La contratación por la que se solicita la subvención deberá suponer un incremento neto del empleo de la empresa, con relación a la plantilla en los noventa días naturales anteriores a la contratación, incluyendo tanto bajas voluntarias como no voluntarias. 

No se exigirá esta obligación, cuando el descenso neto del empleo de la empresa, en relación a la plantilla en los noventa días anteriores a la contratación, se deba a extinciones de contratos de trabajo por causas objetivas, que se hayan realizado en la empresa durante el estado de alarma declarado por la crisis originada por el COVID-19.

Importe: 

La subvención es de 5.140,00 euros por contrato. 

La cuantía de la subvención se incrementará en 700,00 euros, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:

a) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.

b) Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

c) Personas en riesgo de exclusión social, así como aquellas que formen parte de unidades familiares incluidas en el plan integral de garantías ciudadanas de Castilla-La Mancha.  Asimismo, la cuantía de la subvención se determine en posteriores períodos de programación, así como en los territorios incrementará en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en alguno de los municipios incluidos en el Anexo del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de Castilla-La Mancha para el período de programación 2014-2020.

Documentación a aportar: 

Las solicitudes se formalizarán mediante la cumplimentación de los modelos normalizados de solicitud Anexo IB, así como el Anexo II, junto con el resto de documentación exigida en el mismo. La acreditación del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario de las ayudas se realizará mediante la cumplimentación y de conformidad con los citados Anexos.

 

SUBVENCION POR FORMALIZACION DE CONTRATOS DE RELEVO

Objeto: 

Ayudas para la formalización de contratos de relevo. Su objeto es propiciar el relevo generacional en las empresas de la región.

Destinatarios: 

Los contratos de relevo objeto de subvención, se podrán formalizar con las personas que a continuación se relacionan:

a) Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas como desempleadas en alguna oficina de empleo de Castilla-La Mancha y en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

b) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género. 

c) Personas con discapacidad.

d) Personas en riesgo de exclusión social, así como aquellas que formen parte de unidades familiares incluidas en el plan integral de garantías ciudadanas de Castilla-La Mancha.

Requisitos: 

El contrato tendrá una duración mínima de 6 meses y hasta 12 meses, y debe ajustarse a lo dispuesto por el artículo 12.7 del texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores

Importe: 

La subvención es de 5.140,00 euros por contrato. 

La cuantía de la subvención se incrementará en 700,00 euros, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:

a) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.

b) Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

c) Personas en riesgo de exclusión social, así como aquellas que formen parte de unidades familiares incluidas en el plan integral de garantías ciudadanas de C-LM. La cuantía se incrementará en un 20%, cuando la actividad subvencionada se realice en municipios incluidos en el Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de C-LM para el período de programación 2014-2020, así como en los territorios de los municipios considerados zonas prioritarias, reguladas en la Ley 5/2017, de 30 de noviembre, de Estímulo Económico de Zonas Prioritarias en CLM.

Documentación a aportar: 

Las solicitudes se formalizarán mediante la cumplimentación de los modelos normalizados de solicitud Anexo IC, así como el Anexo II, junto con el resto de documentación exigida en el mismo. La acreditación del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario de las ayudas se realizará mediante la cumplimentación y de conformidad con los citados Anexos.

SUBVENCION POR TRANSFORMACION EN CONTRATOS INDEFINIDOS DE CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE, CONTRATOS EN PRÁCTICAS, CONTRATOS DE RELEVO Y CONTRATOS DE TRABAJADORES EN PROCESOS DE INSERCIÓN

Objeto: 

Ayudas para la transformación en contratos indefinidos de los contratos para la formación y el aprendizaje, los contratos en prácticas, los contratos de relevo y los contratos de trabajadores/as en procesos de inserción en empresas de inserción. Su objeto es fomentar la estabilidad en el empleo de jóvenes que se hayan incorporado al mercado laboral, mediante alguno de los contratos temporales que se acaban de relacionar. 

Destinatarios: 

Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las empresas, ya sean personas físicas o jurídicas, las sociedades laborales o cooperativas, las comunidades de bienes, las sociedades civiles y las entidades sin ánimo de lucro que contraten a alguno de los siguientes colectivos:

a) Personas jóvenes mayores de 16 y menores de 30 años, inscritas como desempleadas en alguna oficina de empleo de Castilla-La Mancha y en el fichero del Sistema Nacional de Garantía Juvenil.

b) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género. 

c) Personas con discapacidad.

d) Personas en riesgo de exclusión social, así como aquellas que formen parte de unidades familiares incluidas en el plan integral de garantías ciudadanas de Castilla-La Mancha.

Requisitos: 

La transformación se lleva a cabo con personas que tienen suscrito un contrato temporal de formación, en prácticas, de relevo o trabajadores en procesos de inserción en empresas de inserción

El puesto de trabajo objeto de subvención deberá mantenerse por un período mínimo de doce meses. Asimismo, deberá mantenerse el número de contratos indefinidos existentes en los centros de trabajo que tuviera el beneficiario en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha en la fecha del contrato, por un periodo mínimo de seis meses.

Importe: 

La subvención es de 5.300 euros.

Se incrementará en 700 euros, cuando la persona contratada pertenezca a alguno de los siguientes colectivos:

a) Mujeres que tengan la condición de víctimas de violencia de género.

b) Personas con un grado de discapacidad igual o superior al 33%.

c) Personas en riesgo de exclusión social, así como aquellas que formen parte de unidades familiares incluidas en el plan integral de garantías ciudadanas de C-LM.

d) Trabajadores/as que hayan finalizado contratos ligados a procesos de inserción.

e) Primera contratación por tiempo indefinido que realiza un/a trabajador/a autónomo/a. Asimismo, se incrementará un 20% la subvención, cuando la actividad se realice en municipios del Decreto 31/2017, de 25 de abril, por el que se establece el procedimiento de gobernanza de la Inversión Territorial Integrada (ITI) de CLM para 2014-2020, y en los municipios considerados zonas prioritarias, de la Ley 5/2017, de 30 de noviembre.

Documentación a aportar: 

Las solicitudes se formalizarán mediante la cumplimentación de los modelos normalizados de solicitud Anexo ID, así como el Anexo II, junto con el resto de documentación exigida en el mismo. La acreditación del cumplimiento de los requisitos para obtener la condición de beneficiario de las ayudas se realizará mediante la cumplimentación y de conformidad con los citados Anexos.

Lugar de presentación: 

Las solicitudes se presentaran únicamente mediante el envío telemático de los datos a través del formulario incluido en la sede electrónica de la Administración de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (http://www.jccm.es) dirigidas a la Dirección General de Programas de Empleo.

Información Adicional: 

En el plazo de presentación de solicitudes en esta convocatoria, deberá tenerse en cuenta lo siguiente:

  1. Las solicitudes de ayudas referidas a las actuaciones subvencionables realizadas desde el 1 de Octubre de 2019, hasta el día anterior a la fecha de entrada en vigor del presente decreto, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes, a contar desde dicha entrada en vigor.
  2. Las solicitudes de ayuda referidas a las actuaciones subvencionables realizadas a partir de la fecha de entrada en vigor del presente decreto, deberán presentarse en el plazo máximo de un mes desde la fecha de formalización del correspondiente contrato.

Puedes ponerte en contacto con el Departamento Laboral de FEDA para cualquier duda o aclaración que puedan tener al respecto.

  

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