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MEDIDAS ESPECIALES SEMANA SANTA

Jueves, 25 Marzo 2021

El día 24 de marzo se ha publicado en el DOCM el Decreto 22/2021, de 23 de marzo, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se establecen medidas específicas en el ámbito del Estado de Alarma con motivo de la festividad de Semana Santa. Dichas Medidas son las siguientes:

1.- Limitación de la libertad de circulación de las personas.-

Entre las 23 horas y las 7 horas del día siguiente.

2.- Limitación de entrada y salida en todo el territorio de la Comunidad.-

Se decreta el cierre perimetral de la comunidad autónoma, salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados en los términos establecidos en el artículo 6 apartado 1 del RD  926/2020.

3.- Limitación de permanencia de grupos de personas en espacios públicos y privados.-

Se limita la permanencia de grupos de personas a un máximo de 4 en espacios públicos cerrados y 6 en espacios públicos abiertos, salvo que se trate de convivientes. En espacios privados las reuniones se limitarán a convivientes.

Se excluyen de esta limitación, las actividades laborales e institucionales, ni aquellas para las que se establezcan medidas específicas. 

4.- Limitación a la permanencia en lugares de culto.-

En lugares de culto en espacios cerrados el aforo se limita al 40%.

En lugares de culto en espacios al aire libre se deberá guardar la distancia de seguridad interpersonal, no debiéndose superar el número máximo de 100 personas. 

5.-Entrada en vigor y eficacia.-

Este Decreto entrará en vigor a las 00:00 horas del día 26 de marzo de 2021 y mantendrá su eficacia hasta las 00:00 horas del día 10 de abril de 2021.

 

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