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Ayudas financiación de inversiones para modernización de cooperativas y sociedades laborales 2025.

Martes, 02 Septiembre 2025

Se ha publicado en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha la Resolución de 20/08/2025, de la Dirección General de Autónomos, Trabajo y Economía Social, por la que se convocan las ayudas destinadas a la financiación de inversiones para la modernización de cooperativas y sociedades laborales en el ámbito de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, para el ejercicio 2025. 

Entidades beneficiarias: Podrán ser beneficiarias de las subvenciones reguladas en esta orden, las cooperativas y sociedades laborales establecidas en el ámbito de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha, que se incluyan dentro de la categoría de pyme.

Financiación: Los créditos presupuestarios disponibles ascienden en total a 200.000€, estando financiados con fondos propios.

Cuantía de las subvenciones: La intensidad de la ayuda será de un 60 por ciento de la inversión subvencionable, con el límite de 8.000 € por proyecto.

Plazo y forma de presentación de solicitudes: Del 2 de septiembre al 22 de septiembre de 2025 a través del siguiente enlace: Detalle del trámite | Sede Electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

Los proyectos subvencionables se pueden realizar en 2 modalidades distintas:

Modalidad 1: proyectos iniciados antes de la fecha de presentación de la solicitud:

a) Que estén ejecutados, finalizados y pagados en el momento de la presentación de la solicitud.

b) Que estén iniciados antes de la fecha de la presentación de la solicitud, pero no finalizados.

Modalidad 2: proyectos no iniciados a ejecutar con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud. 

Periodo subvencionable:

En la Modalidad 1 a) comprenderá desde el 1 de enero de 2025 hasta la fecha de la presentación de la solicitud.

En las Modalidades 1b) y 2, el período subvencionable será desde el 1 de enero hasta la finalización del periodo de ejecución que se establezca en la correspondiente resolución de concesión.

En las Modalidades 1b) y 2, el plazo de ejecución tendrá una duración máxima de cuatro meses, a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución individual de concesión.

La resolución individual de concesión determinará, sin superar la duración máxima, el plazo de ejecución de cada actuación subvencionable, en atención a la naturaleza y características de las actuaciones y en función de lo solicitado por la persona interesada

Procedimiento de concesión: Concurrencia competitiva.

Solo se admitirá una única solicitud por entidad interesada y para una sola de las modalidades previstas en el resuelvo cuarto. Si se presentara más de una solicitud, sólo se atenderá a aquella presentada en primer lugar, dentro del plazo establecido.

Puedes descargarte el documento de la resolución con todos los detalles de la convocatoria en el pie de esta noticia. 

 

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