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El pasado 20 de septiembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea la Directiva (UE) 2023/1791 del Parlamento Europeo y del Consejo de 13 de septiembre de 2023 relativa a la eficiencia energética y por la que se modifica el Reglamento (UE) 2023/955.

Dentro del derecho comunitario de la Unión Europea, las directivas deben transponerse a la legislación nacional de cada Estado Miembro, y el documento recoge una serie de guías, directrices o normas, que cada Estado deberá incorporar en su legislación. El plazo máximo para la transposición finaliza el 11 de octubre de 2025.

Se encuentra abierta la convocatoria EENergy. Esta convocatoria  europea tiene por objetivo ayudar a las empresas, de cualquier sector,  a llevar a cabo proyectos de mejora en eficiencia energética.

En dos años, el proyecto EENergy distribuirá 9 millones de euros en forma de más de 900 subvenciones para que las PYME de toda Europa participen en actividades, compras o integraciones que mejorarán su gasto energético general en un mínimo del 5 %.

En esta noticia se incluyen las licitaciones publicadas entre los días 26 de febrero y 3 de marzo de 2024, en la Plataforma de Contratación del Sector Público cuyo ámbito geográfico se encuentra en Castilla-La Mancha. Son un total de 203 expedientes que suman una inversión de 12,1 millones de euros.

PLANES LGTBI (ART. 15 LEY 4/2023)

El 2 de marzo de 2023 entró en vigor en España la nueva ley nacional para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI.

Así, teniendo en cuenta su articulado en lo relativo a las empresas, a partir del 2 de marzo de 2024 toda las empresas con más de cincuenta personas trabadoras deberán contar con un Plan LGTBI o “conjunto planificado de medidas y recursos para alcanzar la igualdad real y efectiva de las personas LGTBI, que incluya un protocolo de actuación para la atención del acoso o la violencia contra las personas LGTBI”. 

MEDIDAS PARA EVITAR DISCRIMINACIÓN LABORAL (ART. 45 LOIEHM)

Todas las empresas deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Deberán negociarlas con los representantes legales de la plantilla (RLT).

PLANES DE IGUALDAD

En el caso de las empresas de 50 o más trabajadores/as, elaborarán y aplicarán un PLAN DE IGUALDAD que será registrado en el REGCON.

REGISTRO RETRIBUTIVO (ART. 28 ET y 5 RD 902/2020)

Todas las empresas deben llevar un registro con los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de su plantilla desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor.

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