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Orden SND/414/2020. Condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva, la reapertura al público de las piscinas recreativas. Fase 2.
Evelin Molano Escrito por
Mayo 18, 2020

CONDICIONES EN LAS QUE DEBE DESARROLLARSE LA ACTIVIDAD DEPORTIVA

Apertura de instalaciones deportivas cubiertas.

 Se podrá proceder a la apertura de las instalaciones deportivas cubiertas para la realización de actividades deportivas:

  • Concertación de cita previa. Para ello, se organizarán turnos horarios, fuera de los cuales no se podrá permanecer en la instalación.

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