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Contrato-tipo de compraventa de uva y compraventa de vino
Evelin Molano Escrito por
Septiembre 09, 2020

En el BOE del pasado 1 de agosto, se publicaron:

  • Orden APA/770/2020, 27 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo para las operaciones de compraventa de uva con destino a su transformación en vino que regirá durante la campaña 2020/2021.
  • Orden APA/771/2020, de 27 de julio, por la que se homologa el contrato-tipo de compraventa de vino que regirá durante la campaña 2020/2021.

Estas homologaciones tienen lugar a propuesta de la Organización Interprofesional de Vino de España (OIVE), de acuerdo a la Ley 2/2000 reguladora de los contratos tipo agroalimentarios.

La OIVE busca facilitar y ordenar las transacciones entre los actores de la cadena de valor del vino, mediante el modelo, y que los operadores dispongan de un mecanismo para la resolución de discrepancias entre las partes.  Los nuevos contratos son de carácter voluntario y estará vigente durante la próxima campaña vitivinícola que se inicia el 1 de agosto de 2020. Pueden ser utilizados en todas las tipologías y orígenes (con o sin DOP/IGP) tanto de uva como de vino y, además, están disponibles para ser usados en transacciones puntuales o para contratos de abastecimiento continuo, en el caso del vino, con lo que se dotaría de mayor estabilidad a las producciones y a los mercados.

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