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Normativa Empresarial - Confederación de Empresarios de Albacete - FEDA

Caso de éxito: Qué puedo comer

Desde FEDA INNOVACIÓN, y con la Dirección Técnica de Capazita, hemos acompañado al equipo de “Qué Puedo Comer” en la elaboración de su modelo de negocio innovador presentando una propuesta de financiación del mismo a la convocatoria Instrumento Pyme, del programa Horizonte 2020 de la Unión Europea.

El IPEX convoca ayudas para que las empresas puedan realizar acciones de promoción internacional con el objetivo de potenciar su internacionalización.

 

El importe de la ayuda es del 40%, excepto para grandes empresas que es del 20% y el importe máximo por beneficiaros de 8.000 euros. El presupuesto total de la Convocatoria es de 350.000 euros.

El periodo de ejecución comprende desde la fecha de solicitud hasta el 30 de septiembre de 2018. Estas ayudas están cofinanciadas en un 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional.

 

Información completa plan aquí

Texto completo de la convocatoria aquí.

Puedes hacer la inscripción desde el 9 de noviembre hasta el 11 de diciembre de 2017 haciendo clic en aquí.

El IPEX convoca ayudas  para planes individuales de promoción internacional para las empresas del Sector de la Moda en Castilla-La Mancha.

El importe de la ayuda es del 40%, excepto para grandes empresas que es del 20% y el importe máximo por beneficiaros de 8.000 euros. El presupuesto total de la Convocatoria es de 200.000 euros.

  • Información completa plan aquí
  • Texto completo de la convocatoria aquí.

Puede hacer la inscripción desde el 9 de noviembre hasta el 11 de diciembre de 2017 pinchando aquí.

 

Decreto 78/2017, de 31 de octubre, Consejería de Economía, Empresas y Empleo por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco  del Plan regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento.

Extracto del Decreto 78/2017, de 31 de octubre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones en el marco del Plan Regional de autoempleo, creación de empresas y emprendimiento.

Primero. Beneficiarios. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones:

  • Las personas físicas establecidas como trabajadoras autónomas o por cuenta propia que realicen la actividad en nombre
  • Las personas físicas que formen parte, en su calidad de trabajadoras autónomas, de sociedades civiles o de comunidades de bienes, siempre que las subvenciones se soliciten a título
  • Las personas físicas que constituyan una sociedad limitada unipersonal y desarrollen su actividad en la
  • Los familiares colaboradores de personas trabajadoras autónomas, exclusivamente para la línea Por cuenta propia y cumplan los requisitos recogidos en la base tercera de la Resolución.

En el BOE del día 25 de octubre de 2017, se ha publicado la esperada Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo, cuya entrada en vigor se establece para el día siguiente de su publicación en el BOE (es decir el 26 de octubre), si bien hay algunas medidas que entran en vigor en el 2018 como las modificaciones en la tarifa plana de 50 euros, la nueva regulación de recargo por ingreso fuera de plazo, medidas de fomento y del trabajo autónomo, beneficios en la cotización para personas con discapacidad, violencia de género y víctimas de terrorismo, medidas para clarificar la fiscalidad de los trabajadores autónomos, modificación del reglamento sobre inscripción de empresas, afiliación, altas, bajas y variaciones de datos, etc.

La nueva Ley de Autónomos trata de modificar algunos aspectos que regulan el trabajo autónomo incorporando nuevas medidas que afectan a la regulación de Seguridad Social (recargos, bonificaciones, etc.), cotización (elección de bases, cotización parcial, etc.), protección social (accidente in itinere), medidas que afectan al IRPF (deducibilidad de gastos de la actividad) y conciliación de la vida familiar principalmente.

El empresario debe conocer que supuestos se consideran accidentes de trabajo, y los procedimientos que deben seguirse en caso de un accidente laboral, ayudando rápida y eficazmente al accidentado y garantizar la salud de los trabajadores, evitando los riesgos inherentes a cada puesto de trabajo, a efectos de una Inspección de Trabajo.

Le recordamos que todo empresario o empleador y trabajador debe conocer que supuestos se consideran accidentes de trabajo, y los procedimientos que deben seguirse en caso de un accidente laboral, en definitiva, saber cómo actuar ante un accidente de trabajo.

El Ministerio de Agricultura, Pesca, Alimentación y Medio Ambiente  convocó el pasado 28 de julio el Premio Alimentos de España 2017 con el fin de promover y estimular a los diferentes elementos de la cadena alimentaria, y reconocer el esfuerzo comercializador e innovador, de desarrollo rural y cuidado del medio ambiente. El certamen este año alcanza la XXX edición y se convoca para ocho categorías, siete de las cuales finaliza ahora el plazo para poder participar. El premio al mejor AOVE lo hace en próximo mes de diciembre.

Plazo para participar Finaliza el próximo 30 de Octubre.

El pasado día 12 de junio de 2017 se publicó en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto 513/2017, de 22 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de instalaciones de protección contra incendios; que entrará en vigor el próximo día 12 de diciembre de 2017.

NO ES OBLIGATORIO RETRIBUIR A LOS BECARIOS, AHORA BIEN, SU CONTRATACION ES FRAUDULENTA SI SUS TAREAS BENEFICIAN A LA EMPRESA Y NO CONTRIBUYEN A SUS ESTUDIOS.

Como habrá visto por diversos medios de prensa, han aparecido algunas noticias donde determinadas empresas tienen a becarios de forma fraudulenta y sin sueldo.

Pues bien a raíz de esta polémica que ha surgido, cabe preguntarse si desde el punto de vista legal, ¿está obligada la empresa a remunerar a los becarios y, si es así, si existe una cuantía mínima que debemos abonarles?

El decreto 42/2017 de 11 de Julio,  publicado el 17 de Julio de 2017 tiene por objeto regular, en el ámbito de Castilla La Mancha, la concesión directa de subvenciones de carácter excepcional, para el fomento de la contratación indefinida de desempleados de larga duración y en especial a los mayores de 45 años. 

Serán subvencionables los contratos por tiempo indefinido, o por tiempo indefinido fijos-discontinuos, que cumplan los siguientes requisitos: 

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