+34 967 217 300  feda@feda.es

Normativa Empresarial - Confederación de Empresarios de Albacete - FEDA

Con fecha 11 de febrero de 2021, se ha publicado por la Consejería de Sanidad, la Resolución de medidas de prevención y contención del coronavirus COVID-19 en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería.

Las medidas contenidas en esta resolución son:

Primero:

Los titulares de bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería deberán adoptar las medidas de prevención y contención del COVID-19 contempladas en esta resolución. Y están obligados a colaborar con las autoridades sanitarias en la confección de un registro de información de todas las personas que accedan a sus establecimientos.

La toma de datos se hará a través de una app creada y gestionada por la comunidad autónoma. El responsable del tratamiento será la Dirección General de Salud Pública.

Se ha publicado el Decreto 9/2021, de 11 de febrero, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, que modifica el Decreto 66/2020,  por el que se determinan medidas específicas en el ámbito del estado de alarma.

Artículo único: Modificación  del Artículo 2.- “Limitación de la entrada y salida en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha”. Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en los términos establecidos en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020.

Entrada en vigor: a las 00.00 horas del día 12 de febrero de 2021.

Por otra parte, ha salido publicada la Resolución de 11/02/2021, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, para la contención de la expansión del COVID-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Procedimiento de actuación para la implantación de las medidas especiales dirigidas a la contención del SARS-CoV-2:

En esta noticia se incluyen las licitaciones publicadas entre los días 1 y 7 de enero en la Plataforma de Contratación del Sector Público cuyo ámbito geográfico se encuentra en Castilla-La Mancha. Son un total de 76 expedientes que suman una inversión de 12,4 millones de euros.

les informamos de la publicación en el BOE la RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2021.

Además, de su contenido destacamos lo siguiente:

Entrada en vigor: a partir del miércoles 10 de febrero.

✓ Restricciones a la circulación:

Se ha publicado el Real Decreto-ley 3/2021, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas para la reducción de la brecha de género y otras materias en los ámbitos de la Seguridad Social (BOE 3 de febrero de 2021), del que interesa destacar entre otras medidas económicas y sociales, las siguientes:

Modificaciones que atañen a la prestación extraordinaria por cese de actividad (artículo 4)

1.- Solicitudes fuera plazo:

En caso de solicitar fuera del plazo establecido de veintiún días naturales desde la entrada en vigor de un acuerdo o resolución administrativa que motive la solicitud de la prestación extraordinaria por cese de actividad, establece el inicio del derecho a ésta el día de su solicitud.

En esta noticia se incluyen las licitaciones publicadas entre los días 25 y 31 de enero en la Plataforma de Contratación del Sector Público cuyo ámbito geográfico se encuentra en Castilla-La Mancha. Son un total de 79 expedientes que suman una inversión de 81,8 millones de euros.

Publicación del Decreto 7/2021, 28 de enero, de concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas.

Artículo 1. Objeto:

Regular la concesión directa de subvenciones dirigidas al mantenimiento de la actividad económica de personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas en los sectores más afectados por el COVID-19.

Líneas de subvención:

  1. Línea 1: subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de personas trabajadoras autónomas sin asalariados.
  2. Línea 2: Subvenciones destinadas al mantenimiento de la actividad de pequeñas y medianas empresas y personas trabajadoras autónomas con asalariados.

La finalidad de estas subvenciones es apoyar los negocios y actividades económicas de las personas trabajadoras autónomas y pequeñas y medianas empresas como medida de protección y soporte ante las negativas consecuencias económicas generadas por las medidas adoptadas para luchar contra la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.

Las subvenciones se otorgarán en régimen de concesión directa, atendiendo a las razones de interés económico y social que concurren con motivo de la crisis sanitaria provocada por el COVI-19.

Artículo 3. Personas y empresas beneficiarias.

Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas trabajadoras autónomas y las pequeñas y medianas empresas, cualquiera que sea su forma jurídica, que ejerzan una actividad económica en Castilla-La Mancha, y que pertenezcan a los sectores más afectados por las medidas adoptadas para la lucha contra la pandemia como la hostelería, el turismo y el comercio minorista, que están comprendidos en las secciones, divisiones o grupos de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (CNAE 2009), que figuran en el anexo IV de este decreto.

Este mes de febrero se abre el plazo para la presentación del modelo 347 de declaración anual de operaciones con terceras personas, finalizando el plazo de presentación el día 1 de marzo de 2021.

Dicha declaración informativa, recoge todas las operaciones realizadas por las empresas y profesionales tanto con clientes como con proveedores que superen la cuantía anual durante el ejercicio 2020 de 3.005,06 €. Los aspectos a tener en cuenta para este ejercicio son:

MEDIDAS EN MATERIA DE EXPEDIENTES DE REGULACION DE EMPLEO

1.- PRORROGA DE ERTES DE FUERZA MAYOR

Se prorrogan automáticamente todos los ERTES de fuerza mayor vigentes, basados en el artículo 22 del RDL 8/2020 hasta el 31/05/2021, a efectos de prestaciones por desempleo de los trabajadores (70% de la base reguladora) y suspensión de sus contratos de trabajo.

Se prorrogan automáticamente todos los ERTES por impedimento en el desarrollo de la actividad autorizados en base a lo dispuesto en el apartado 2 de la disposición adicional primera del Real Decreto-ley 24/2020, de 26 de junio, y en el artículo 2.1 del Real Decreto-ley 30/2020, de 29 de septiembre. Ambos se mantendrán vigentes en los términos recogidos en las correspondientes resoluciones estimatorias, expresas o por silencio. Se aplicarán las exoneraciones siguientes, durante el periodo del cierre, entre 1 de febrero y 31 de mayo:

  • Empresas de menos de 50 trabajadores: 100%
  • Empresa de más de 50 trabajadores: 90%

En esta noticia se incluyen las licitaciones publicadas durante la última semana en la Plataforma de Contratación del Sector Público cuyo ámbito geográfico se encuentra en Castilla-La Mancha. Son un total de 73 expedientes que suman una inversión de 75,5 millones de euros.

Únete a nosotros! Escríbenos, llámanos al 967 217 300 o visítanos.