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Normativa Empresarial - Confederación de Empresarios de Albacete - FEDA

En el día de hoy se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado el Real Decreto-ley 13/2020, de 7 de abril, por el que se adoptan determinadas medidas urgentes en materia de empleo agrario.

Estará vigente entre el 9 de abril y el 30 de junio, ambos inclusive, con la excepción de las medidas previstas de simplificación de la tramitación de los procedimientos de las entidades gestoras de la Seguridad Social, el Servicio Público de Empleo Estatal y el Instituto Social de la Marina como consecuencia de la declaración del estado de alarma, que se mantendrán hasta que se normalice el funcionamiento de las oficinas de atención e información al ciudadano de las respectiva entidades.

Los principales contenidos en cuestiones laborales y de seguridad social en el mismo son:

Durante el período de Semana Santa (entre la MEDIANOCHE DEL 9 DE ABRIL Y LA MEDIANOCHE DEL 13 DE ABRIL y SÓLO DURANTE ESTE PERÍODO) los conductores deberán llevar con ellos una declaración emitida por el empleador, que certifique que están en el desempeño de sus actividades profesionales.

Esta declaración debe ser utilizada en lengua portuguesa. 

Hoy, 7 de abril de 2020, se ha publicado la Orden TMA/324/2020, de 6 de abril, por la que se dictan instrucciones sobre la utilización de las tarjetas de tacógrafo de conductor y empresa, en el Boletín Oficial del Estado.

En cuanto a la tarjeta del conductor dice lo siguiente:

Se ha publicado en el BOE la Orden SND/325/2020, que entra en vigor el día 7 de abril, por la que se establecen criterios interpretativos y se prorroga la validez de los certificados de verificaciones y mantenimientos preventivos establecidos en la regulación de seguridad industrial y metrológica.

Ampliamos la información de las actuaciones que están llevando a cabo diferentes países de nuestro entorno. 

A continuación, enumeraremos los países y sus medidas:

Se ha publicado en el BOE la Orden TED/320/2020, de 3 de abril, por la que se desarrollan determinados aspectos del derecho a percepción del bono social por parte de trabajadores autónomos que hayan cesado su actividad o hayan visto reducida su facturación como consecuencia del COVID-19 y se modifica el modelo de solicitud del bono social para trabajadores autónomos que hayan visto afectada su actividad como consecuencia del COVID-19, establecido en el Anexo IV del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente al COVID-19.

El Gobierno de Castilla-La Mancha ha articulado una primera línea de avales dotada con 15 millones de euros y destinada a pymes y autónomos de Castilla-La Mancha, destinados a respaldar operaciones de crédito de hasta 300.000 euros en el corto, medio y largo plazo y con el compromiso de su resolución en un plazo máximo de 72 horas. Esta línea de avales, respaldada en un 80 por ciento por el Gobierno regional y en un 20 por ciento por las entidades financieras, no tiene coste alguno para las pymes y autónomos beneficiarios.

La línea de créditos a corto plazo está dirigida a operaciones a 24 meses y dotada con 5 millones de euros, y la línea a medio y largo plazo está orientada al respaldo de operaciones de crédito de entre 2 y 5 años, y cuenta con una dotación inicial de 10 millones de euros.

Esa línea de avales para garantizar el acceso a la financiación de las pymes y autónomos de Castilla-La Mancha cuenta con otra medida destinada a facilitar la liquidez para el tejido empresarial de Castilla-La Mancha: aprobar una moratoria en el cobro de las cuotas de sus tres instrumentos financieros, Aval Castilla-La Mancha, Sodicaman y el Instituto de Finanzas, para aquellas empresas y beneficiarios que ya tienen contraídos préstamos y operaciones con estas entidades.

OPERATIVA DE SOLICITUD

Ampliamos la información de las actuaciones que están llevando a cabo diferentes países de nuestro entorno. 

A continuación, enumeraremos los países y sus medidas: 

Hoy, 3 de abril de 2020, ha salido publicado en el Boletín Oficial del Estado, la Orden INT/317/2020, de 2 de abril, por la que se desarrolla el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, en materia de matriculación y cambio de titularidad de determinados vehículos.

El Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana se adelanta a publicar las instrucciones de asignación y reparto destinados al sector de transporte, sin el previo conocimiento de cuándo estarán disponibles. 

Desde las distintas confederaciones nacionales y regionales se ha venido revindicando ante el Ministerio, la falta y necesidad de mascarillas para que nuestros conductores puedan realizar su labor con seguridad. Por lo que seguiremos haciendo fuerza ante la administración para que dicho reparto se produzca en el menor plazo posible. 

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