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En esta Actualización 4 de la Estrategia de 26 de febrero se revisa la evidencia científica sobre la utilización de las vacunas y su impacto, revisando y añadiendo los próximos grupos de población a vacunar a medio plazo, con la intención de ir planificando la administración de las dosis que se reciban en el segundo trimestre de 2021.

Como se menciona en el documento original de la Estrategia de vacunación frente a COVID-19 en España y en sus sucesivas actualizaciones, la Estrategia es un documento vivo y se va modificando a medida que se van recibiendo las vacunas en nuestro país y autorizando diferentes vacunas, se va ampliando el conocimiento y el contexto de la pandemia va cambiando. Por ello, siendo importante establecer una planificación a medio plazo, se realiza sin perjuicio de que habrá que seguir evaluando todos estos elementos.

La Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado acaba de publicar en su web, un nuevo código electrónico dedicado al "Transporte de Mercancías por Carretera" que recopila la legislación vigente en la materia.

El nuevo código del Transporte de Mercancías por Carretera contiene la selección y ordenación de las principales normas aplicables a este sector y su valor añadido reside en su constante actualización por parte de la AEBOE de las normas incluidas en el sumario.

Publicada la actualización de la Guía para la organización de una práctica segura en el deporte, de la Dirección General de Juventud y Deportes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes, la presente guía recoge  información de la práctica de la actividad física y deportiva, teniendo en cuenta las medidas de higiene y prevención establecidas en el Decreto 24/2020, de 19 de junio, sobre medidas de prevención necesarios para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el Covid-19 una vez superada la fase III del Plan para la transición hacia una nueva normalidad, y sus modificaciones, así como el Decreto 66, de 29 de octubre por el que se determinan medidas específicas en el ámbito del estado de alarma, y la Resolución de 11/02/2021, por la que se adoptan medidas especiales en materia de Salud Pública para la contención de la expansión del Covid-19.

Con fecha 11 de febrero de 2021, se ha publicado por la Consejería de Sanidad, la Resolución de medidas de prevención y contención del coronavirus COVID-19 en bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería.

Las medidas contenidas en esta resolución son:

Primero:

Los titulares de bares, restaurantes y resto de establecimientos de hostelería deberán adoptar las medidas de prevención y contención del COVID-19 contempladas en esta resolución. Y están obligados a colaborar con las autoridades sanitarias en la confección de un registro de información de todas las personas que accedan a sus establecimientos.

La toma de datos se hará a través de una app creada y gestionada por la comunidad autónoma. El responsable del tratamiento será la Dirección General de Salud Pública.

Se ha publicado el Decreto 9/2021, de 11 de febrero, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla La Mancha, que modifica el Decreto 66/2020,  por el que se determinan medidas específicas en el ámbito del estado de alarma.

Artículo único: Modificación  del Artículo 2.- “Limitación de la entrada y salida en la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha”. Se restringe la entrada y salida de personas del territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha, en los términos establecidos en el artículo 6.1 del Real Decreto 926/2020.

Entrada en vigor: a las 00.00 horas del día 12 de febrero de 2021.

Por otra parte, ha salido publicada la Resolución de 11/02/2021, de la Consejería de Sanidad, por la que se adoptan Medidas Especiales en Materia de Salud Pública, para la contención de la expansión del COVID-19 en el ámbito territorial de la comunidad autónoma de Castilla-La Mancha.

Procedimiento de actuación para la implantación de las medidas especiales dirigidas a la contención del SARS-CoV-2:

les informamos de la publicación en el BOE la RESOLUCIÓN de 25 de enero de 2021, de la Dirección General de Tráfico, por la que se establecen medidas especiales de regulación del tráfico durante el año 2021.

Además, de su contenido destacamos lo siguiente:

Entrada en vigor: a partir del miércoles 10 de febrero.

✓ Restricciones a la circulación:

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