General (60)
Normas de etiquetado de prendas textiles en el comercio electrónico.
Información de las diferentes normativas vigentes para la adaptación de productos en el comercio electrónico:
Real Decreto 928/1987, de 5 de junio, relativo al etiquetado de composición de los productos textiles
Artículo 6. Etiquetado
Todos los productos textiles sujetos a las prescripciones de la presente disposición, para su puesta en el mercado, tanto en el ciclo industrial como en el comercial, serán etiquetados de acuerdo con lo que seguidamente se indica:
RESUMEN DECRETO 55/2021, DE 8 DE MAYO, SOBRE MEDIDAS DE PREVENCION Y CONTROL NECESARIAS PARA HACER FRENTE A LA CRISIS SANITARIA

-NORMAS COMUNES-
Se recomienda a la ciudadanía limitar los grupos a un máximo de 10 personas salvo las convivientes, y evitar encuentros sociales o familiares fuera del grupo de convivencia estable.
Extremas las medidas de limpieza y desinfección.
Distancia de seguridad de 1 metro y medio.
Obligación de aislamiento de las personas contagiadas por SARS-COV-2, guardando cuarenta cuando así sea prescrita por las autoridades sanitarias.
Deber de utilizar mascarilla, salvo las excepciones contempladas en el artículo 6.
El día 10 de abril se han publicado en el DOCM el Decreto 33/2021, de 23 de marzo, del Presidente de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, por el que se establecen medidas específicas en el ámbito del Estado de Alarma para contener la propagación del COVID-19. Dichas Medidas son las siguientes:
1.- Limitación de la libertad de circulación de las personas.-
Entre las 00:00 horas y las 6 horas del día siguiente.
2.-Limitación de entrada y salida en todo el territorio de la Comunidad.-
Se restringe la entrada y salida de personas en el territorio de la comunidad autónoma, salvo para aquellos desplazamientos adecuadamente justificados en los términos establecidos en el artículo 6 apartado 1 del RD 926/2020.
Medidas Nivel II para Castilla-La Mancha. Covid-19 Resolución Consejería Sanidad
Ante la evolución de la pandemia provocada por el COVID-19, la Consejería de Sanidad, mediante Resolución de 20 de febrero (DOCM 21 de febrero) ha acordado para todo el territorio de Castilla-La Mancha, a excepción de los municipios de Iniesta en la provincia de Cuenca. El Casar, Sigüenza, Villanueva de la Torre en la provincia de Guadalajara. Casarrubios del Monte, Fuensalida, Noblejas, La Puebla de Montalbán, Santa Cruz de la Zarza, Torrijos y Valmojado, en la provincia de Toledo, que continúan en situación de NIVEL III. , con efectos del día 21 de febrero, la aplicación de las siguientes medidas:
Medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial, al sector energético y en materia tributaria

Se ha publicado en el BOE de 18 de noviembre, el Real Decreto-ley 34/2020, de medidas urgentes de apoyo a la solvencia empresarial y al sector energético, y en materia tributaria.
Actualizado el 06/11/20 según Resolución de 05/11/2020, de la Consejería de Sanidad.
Ante la negativa evolución de la pandemia provocada por el COVID-19, la Consejería de Sanidad, mediante Resolución de 5 de noviembre (DOCM 6 de noviembre), ha acordado para todo el territorio de Castilla-La Mancha y con efectos del día 6 de noviembre, aplicar en todos los municipios de Castilla-La Mancha las medidas de Nivel 2 y mantenerlo durante 10 días, pudiendo prorrogarse en función de la evolución de la pandemia.